Nueva carta orgánica del Partido Republicano

Day 1,497, 17:38 Published in Argentina Argentina by Nacho Pineyro


CARTA ORGANICA DEL PARTIDO REPUBLICANO

DE LAS BASES DEL PARTIDO

Artículo 1º: El Partido Republicano declara lo siguiente como las bases Ideológicos Oficiales del Partido:

1º Defensa de los valores que hacen a la Patria.
2º Defensa de la libertad de los individuos reunidos en Sociedad.
3º Promoción de la República democrática como único sistema de gobierno legítimo.
4º Defensa de la política de libre mercado en pos del interés nacional.
5º Promoción de la empresa privada como eje fundamental del crecimiento económico del país.
6º Respaldo de cualquier propuesta que pretenda el bien de la sociedad eArgentina.
7º Concepción de la política como medio para alcanzar el progreso general, y no como un fin en sí mismo.
8º Compromiso de ejercer cargos públicos que le fueren asignados de manera imparcial y dando lo mejor de sí, sin dejarse influenciar por los malos hábitos ni por terceros.
9º Defensa de la voluntad general, manteniendo el estado Democratico
10º Capacidad de analizar ideas de diversas corrientes ideológicas que sirvan al país.
11º Utilización del respeto, la integridad, la transparencia y el trato respetuoso para con todos los ciudadanos eArgentinos y extranjeros, tanto dentro de los foros nacionales o internacionales, como del juego en sí.
12º Promoción de las relaciones internacionales en beneficio de nuestra nación.



DE LA AUTORIDAD PARTIDARIA

Artículo 2º: La autoridad a nivel partidario se encuentra compuesta por el consenso íntegro del partido, naciendo las ideas dentro del mismo y ejecutándolas previa votación popular en el foro en el subforo correspondiente.
La autoridad del foro se componen por los administradores, seleccionados por el actual grupo administrativo y los moderadores, seleccionados de la misma manera.



DE LOS AFILIADOS

Artículo 3º: Se considera a un ciudadano como afiliado, capaz de participar de las decisiones partidarias y extrapartidarias a aquellos jugadores pertenecientes al partido dentro del juego, registrados en el foro del Partido Republicano y con activa participación en el mismo y en el canal oficial de IRC del partido.

Artículo 4º: Son deberes de los afiliados:

a) Cumplir con todos los deberes de ciudadano argentino;
b) Respetar las resoluciones adoptadas por las autoridades partidarias;
c) Ser activo propagandista de su programa;
d) Concurrir con su voto de afiliado en todos los casos que el Partido lo reclame;
e) Cumplir con todo patriotismo los cargos y comisiones que les encomienden;
f) Proceder por todos los medios legales a su alcance a la realización de los propósitos partidarios.

Artículo 5º: En casos en los que las autoridades y el consenso partidario lo avalen, pueden ser castigados los afiliados del partido con cualquier medida que esté al alcance de los administradores y el presidente del partido, siendo ejemplos el ban permanente o temporal del foro, escrachos públicos en el foro eArgentino y en juego, etc.



DE LA COMUNICACIÓN INTERNA

Artículo 6º: Son los canales oficiales de comunicación para el partido:

a) El foro oficial eArgentino - http://erepublikar.forosactivos.com/
b) El foro oficial del Partido Republicano - http://www.republicano.4rumer.com/
c) El canal oficial IRC del Partido Republicano - #PR - http://cbe003.chat.mibbit.com/?channel=%23PR&server=irc.rizon.net

Artículo 7º Para la plena facultad de acción del afiliado, debe hacer uso activo de los canales oficiales de comunicación y debe incentivar el uso de los mismos mediante la promoción dentro y afuera del juego, sin hacer propaganda donde no debe.



DE LOS DEPARTAMENTOS PARTIDARIOS

Artículo 8º: Son los departamentos del partido:

a) El departamento de Difusión
b) El departamento de Reclutamiento

Artículo 9º: La actividad de cada departamento debe exponerse en su subforo correspondiente para que el resto de los afiliados pueda debatir, aportar y sugerir nuevas ideas y hacer promoción de la actividad departamentaria.

Artículo 10º: Son los encargados de los departamentos quienes se responsabilizan por el correcto uso de los mismos. Los encargados son nombrados por el presidente partidario de turno -previa charla con los aspirantes- y pueden ser asistidos de manera informal por cualquier otro afiliado.

Artículo 11º: Podrán y deberán utilizar, los departamentos del partido, cualquier diario, sea personal o de algún otro afiliado, con las distinciones partidarias necesarias en el nombre del diario, título de los artículos e imágen del mismo. Los únicos ciudadanos con la capacidad de hacer los artículos oficiales son el presidente del partido y/o el encargado del departamento de difusión. Si un afiliado no perteneciente a éstos últimos dos cargos hace un artículo en nombre del partido, será sancionado según lo amerite.



DE LOS ASPIRANTES A PUESTOS POLÍTICOS EN EL JUEGO

Artículo 12º: Deberán reunir las siguientes condiciones quienes aspiren a ser congresistas, presidentes del partido, presidentes nacionales, ministros o cualquier otra entidad que represente al partido Republicano:

a) Actividad en los canales oficiales de comunicación del Partido Republicano
b) Conocimiento y experiencia en el juego
c) Ser elegido en tiempo y forma por consenso popular por los integrantes del partido a través de la votación dentro del foro.

Artículo 13º: El presidente del partido, los aspirantes a congresistas, congresistas electos, aspirantes a presidentes, presidente, aspirantes a congresistas y congresistas deben representar de la mejor manera posible al partido, tanto en situaciones intra o interpartidarias. Deberá suprimir cualquier motivación personal ante la toma de decisiones y apelar siempre al consenso popular de los afiliados.



DE LA ORGANIZACIÓN MILITAR

Artículo 14º: Se espera que todo afiliado al Partido Republicano defienda en el campo de batalla los valores que como Partido defendemos en la política. Para ello, se dispone:

a) Fomentar la participación militar de los afiliados y su crecimiento.
b) Aceptar la libre elección de un grupo de pertenencia para el ámbito militar por parte de los afiliados, en tanto se respeten los valores establecidos en el Artículo 1°.
c) La creación y organización de una Unidad Militar (http://www.erepublik.com/en/main/group-show/1310) que defienda los valores del Partido en el campo de batalla, formada por aquellos afiliados y no-afiliados al Partido que deseen contribuir y defender los valores que esta Carta promulga.



DE LA MODIFICACIÓN DE LA CARTA ORGÁNICA

Artículo 15º: La carta orgánica del Partido Republicano se encuentra abierta a modificaciones, previo debate y consenso en el foro partidario. La carta orgánica no es un documento inalterable debido a los constantes cambios del juego, por lo que su alteración pasa a ser tema de continuo debate.


Nacho Pineyro
Presidente del Partido Republicano