Nace una iniciativa. La Academia de la Prensa

Day 294, 11:20 Published in Spain Spain by Academia de la Prensa SO

¿Harto de que tus artículos desaparezan entre montañas de spam y artículos de dudosa profesionalidad?

¿Harto de que tus horas de dedicación a tu periódico no puedan ser reconociodas como deberían?

La Academia de la Prensa ha nacido para dar respuestas a tus exigencias. Desde esta Academia se intentará dar mayor difusión a los artículos de aquellos diarios serios, profesionales y 'currados' que desaparecen sin pena ni gloria víctimas del sistema actual.

Aquí tenéis la normativa con la que ha sido creada esta Academia:

Artículo 1 – Academia de la Prensa
La Academia de la Prensa, de ahora en adelante Academia, nace fruto de la necesidad de lograr una mayor difusión de la prensa seria y profesional del Estado Español puesto que las actuales limitaciones del sistema (sólo 10 artículos en local news) lo impiden.
La Academia de la Prensa es una organización sin ánimo de lucro.

Artículo 2 – Asociación a la Academia
Cualquier ciudadano del Estado Español puede solicitar el ingreso de su diario en la Academia de la Prensa. Ésta estudiará la seriedad y profesionalidad de dicho diario para aceptar o rechazar la propuesta. Una vez la propuesta sea aceptada el dueño del periódico deberá realizar una donación de 1 ESP a la SO para sostener sus gastos.

Artículo 3 – Funciones de la Academia
La Academia, mediante su boletín diario, publicará todos los artículos escritos por sus asociados en el espacio-tiempo comprendido desde el anterior boletín al susodicho.

Artículo 4 – Administración de la Academia
La Acadmia será administrada por el Consejo Rector, formado por los dos socios fundadores y un tercer socio elegido mediante sufragio universal mensual, que será quien sostenga la contraseña de la SO.
Todos los asociados deberán hacer llegar mediante un MP a la Academia la publicación de sus artículos acompañada de una breve explicación de máximo 50 caracteres que será la que aparezca en el boletín diario.
Si la noticia no está acompañada por su correspondiente descripción se publicarán los primeros 50 caracteres en el boletín.

Artículo 5 – Consejo Rector
Los miembros del Consejo Rector serán los encargados de realizar el boletín diario y mantener la SO.

Artículo 6 – Aspecto lingüísticos
La Academia publicará cualquier artículo escrito en los 4 idiomas propios del Estado Español (castellano, catalán, euskera y gallego) y en inglés.
En el boletín diario habrá una separación para cada una de las lenguas en la que se publicarán los artículos.

Artículo 7 – Modificación de esta normativa
Esta normativa puede ser modificada a iniciativa del Consejo Rector y con la posterior aprobación de los asociados.







Esperamos recibir vuestras propuestas de asociación para concederle a nuestros artículos y periódicos la notoriedad que se merecen.


¡CONTAMOS CONTIGO!