Ley de Regulación y Vinculación a las FMC

Day 859, 13:46 Published in Colombia Colombia by EZlO AUDITORE


Haciendo uso de las facultades otorgadas como Congresista y, de acuerdo a los requisitos exigidos para el debate de las nuevas propuestas de Ley, someto al pueblo de eColombia en cabeza del Congreso, sea valorado el siguiente proyecto de Ley a fin de que se decida la aplicabilidad o no del mismo.

Ley de Regulación y Vinculación a las FMC

Motivación:

Teniendo presente la importancia que revisten las Fuerzas Militares para eColombia, la cual se ratifica con la aprobación de la Ley 013 sobre el “Presupuesto FMC”, considero que se hace necesaria la regulación clara no sólo de los requisitos de admisión y selección para las FMC, sino también que en lugar de realizar informes mensuales, se entregue al Congreso un balance quincenal (con cada desembolso) de la gestión y utilización de los recursos asignados a dicha institución.

Con la aprobación de la Ley 013 (foro del Congreso), mediante la cual se aprueba designar mensualmente recursos del Estado (120 Golds - 24.000 COP), para su mantenimiento se comienza a tener una participación Estatal importante, lo que supone debe haber una mayor incidencia gubernamental en relación a las decisiones que se adopten.

Así mismo, los cambios en el módulo militar implican no sólo que desde ya se comience a trabajar en la estructura por especialización (unidades de infantería, artillería, helicópteros y tanques) que tendrán las FMC, soportándolas en proyecciones basadas en cifras y datos, sino también en ampliar el crecimiento de las mismas facilitando la vinculación de los ciudadanos.

La vinculación debe ser un proceso más sencillo, está bien que se deban llenar los seguimientos, pero no obligar a que se tengan que hacer contactos en el MSN para recibir instrucciones porque esto no depende del interés del recluta sino de la frecuencia en la conexión del reclutador. Anexo el mensaje enviado para continuar en el proceso de vinculación donde se evidencia la situación:

“Me permito informarte que haz pasado las pruebas preliminares para el ingreso a las FMC-Batallones. Para terminar el trámite de ingreso agrega el correo: XXXX@XXXXX, cuando este conectado, hablale , Y el te dará las ultimas instrucciones. También se reciben dudas, preguntas, sugerencias, y quejas (…)”.



Texto de la Ley.

Articulo 1. Quincenalmente, con cada desembolso de 60 Golds las FMC presentarán el informe no sólo de las empresas de armas y ticketes sino también de la cantidad y calidad de armas y pasajes entregados a los ciudadanos miembros de las FMC beneficiados con el programa. El detalle de este informe se entregará al Congreso para garantizar su confidencialidad.

Articulo 2. Las FMC deberán contar con un direccionamiento estratégico que mencione la cantidad de unidades de infantería, artillería, helicópteros y tanques que se espera tener con las modificaciones en el módulo militar y las proyecciones de crecimiento de las mismas. De igual forma se deberán estipular de manera clara los requisitos de vinculación a cada una de estas unidades.

Articulo 3. Todo ciudadano eColombiano podrá ingresar y ser miembro de las FMC, sin embargo, la obtención de beneficios como subsidios de armas y ticketes estarán supeditados a condiciones especiales, las cuales deberá informar el comandante de las FMC dentro de la semana siguiente a la aprobación de la presente Ley.

Articulo 4. El reclutamiento se hará a través del diligenciamiento de los formularios que se tienen establecidos en la actualidad, no obstante, las instrucciones finales del proceso de vinculación deberán ser enviadas por el reclutador vía e-mail. Lo anterior implica que no se deberá solicitar al recluta que trate de contactar vía MSN a ningún integrante de las FMC porque esto dificulta la culminación del proceso.

Articulo 5. Todo nuevo recluta deberá permanecer mínimo una (1) semana trabajando en alguna de las empresas Estatales destinadas a la producción de armas y ticketes, antes de comenzar a recibir beneficios en subsidios de armas y ticketes.

Articulo 6. Para apalancar los resultados de las FMC, se deberá realizar la creación de una empresa de regalos Q1 la cual contará con empleados de las FMC y bajo las mismas condiciones que funcionan actualmente las empresas de armas y ticketes.

Articulo 7. Bimensualmente se realizará una auditoría a los resultados de crecimiento, cubrimiento (en cantidad de ciudadanos beneficiados) y destinación de los fondos destinados por el estado a las FMC para garantizar una adecuada gestión y utilización de los recursos. El proceso de auditoría se adelantará por una comisión conformada por un representante de cada partido político, quienes serán escogidos por el presidente del partido. Se aclara que los interesados en formar parte de la comisión de auditoría le enviarán un MP al presidente del partido manifestando su intención.


Agradezco los comentarios al respecto.