Ley de Presentación de Cuentas ¿Qué broma es esta?

Day 538, 14:22 Published in Spain Spain by Don Carlo II

No suelo escribir 2 artículos un mismo día, pero esto merece que la opinión pública lo conozca.

En el Congreso se ha presentado una propuesta de CyD llamada Ley de Presentación de Cuentas que dice:

Ley de Presentación de Cuentas
Exposición de motivos
Con el fin de que las fuerzas parlamentarias tengan un acceso directo a las cuentas del Estado y puedan presentar propuestas para optimizar la economía eEspañola si así lo consideran.

Artículo único. Se requiere del Gobierno que presente el balance económico de la legislatura a mediados y al finalizar la misma, los días 20 y 4 respectivamente, al Congreso para su evaluación.



En NEL no estamos en contra de que exista una ley que controle el gasto público, es más, hace unos días NEL presentó la "Ley sobre la Contabilidad de Ministerios", fue rechazada pero se exponía lo siguiente:

Ley sobre la Contabilidad de Ministerios

Capítulo 1: General

Artículo 1
Todos los órganos institucionales del Gobierno (Presidencia, Ministerios, Institutos, Empresas públicas, etc.) deberán de realizar de manera obligatoria una contabilidad mensual, independientemente de que tengan actividad económica o no.

Artículo 2
Cada Ministerio deberá contar con una contabilidad general que englobe a las demás instituciones y una particular por cada Institución o Empresa pública.

Artículo 3
Para su confección se utilizará Google Docs por su facilidad de manejo, la posibilidad de compartirlo online con el resto de gestores y que el Ministerio de Economía pueda acceder sin tener que pedir las cuentas para realizar sus balances.

Artículo 4
Se habilitarán cuentas Gmail o se compartirán con otros ministerios para la confección de la contabilidad.

Artículo 5
La contabilidad se iniciará en el momento en que el ministro entrante tome el cargo y finalizará al final de la legislatura en el momento en el nuevo ministro entrante tome posesión. Mientras tanto el Ministro saliente y su equipo deberán seguir con la contabilidad.

Artículo 6
El Ministro saliente tiene la obligación de facilitar todas las claves de las cuentas para la la realización de la contabilidad.


Capítulo 2: Procedimientos

Artículo 1
Los Ministerios e Instituciones públicas deberán reflejar todas las entradas y salidas de dinero, Oro u objetos (armas, casas...), de donde prodeden o a donde van destinados y justificar esas donaciones (premios, subvenciones, etc).

Artículo 2
En el caso de los Ministerios con empresas públicas, a parte de la contabilidad general se deberá realizar una contabilidad por cada empresa donde reflejen:
1- Aportaciones de dinero u Oro a la estatal.
2- Compra de recursos (cantidad de recursos adquiridos, calidad y el dinero gastado)
3- Donaciones especiales (cantidad de objetos donados y a quien)

Artículo 3
Al final de cada día se debe anotar cual es el estado de las cuentas de ESP y ORO (moneda extranjera opcional). Los Ministerios con poca actividad económica estarán exonerados de realizarlo diariamente y solo deberán de anotar el estado de las cuentas en el día de su toma de posesión y al fin de la legislatura para dejar constancia de que no ha habido actividad.

Artículo 4
Al final de la legislatura si ha sobrado dinero en algún Ministerio de las aportaciones del Banco de España, será decisión de esta última si es devuelto al BdE o se mantiene es ese Ministerio.

Capítulo 3: Control de las cuentas

Artículo 1
El Ministro podrá delegar en un Viceministro, secretario o ayudante la confección de la contabilidad siendo responsable de lo que ocurra dicho Ministro que deberá realizar un control de lo que ocurre en su Ministerio.

Artículo 2
La presidencia del Gobierno y/o el Ministerio de Economía serán los que periódicamente consulten las cuentas de cada ministerio y realicen sus balances cada legislatura.

Artículo 3
Ante la posibilidad técnica de que las cuentas se puedan publicar y actualizar al momento cada vez que se realizan cambios, se podrá colocar un enlace en la sección del Ministerio en el Foro Unificado donde cualquier ciudadano pueda consultar las cuentas públicas.




¿Cual es la diferencia entre las dos propuestas?

Pues esto sería una presentación a lo que se pretende con cada propuesta (ejemplo)

Ley de Presentación de Cuentas

Día 15-05-2009
ESP: 1500

Día 4-06-2009
ESP: 200


Ley sobre la Contabilidad de Ministerios
Día 15-05-2009
ESP: 1500

Día 17-05-2009
ESP: 1200 --- Donación a Estatal de Viajes (300 ESP)

Día 18-05-2009
ESP: 1000 --- Donación a la Or FFAAesp (200 ESP)

Día 25-05-2009
ESP: 500 --- Donación a Estatal de Defensa Q3 (500 ESP)

Día 2-06-2009
ESP 200 --- Donación a Estatal de Hierro (300 ESP)
Día 4-06-2009
ESP: 200

¿Y ahora, veis la diferencia? ¿Donde fueron a parar los 1300 ESP de la propuesta de CyD? No se sabe porque no se exige. En cambio la propuesta de NEL detalla en que se gasta cada ESP y GOLD.



CyD y NEL proponen una ley que exija al gobierno presentar unas cuentas, pero...

- NEL propuso una ley que EXIGÍA la contabilidad diaria de los ministerios con mayor actividad económica ( AAPP, AASS, Defensa, Economía) exonerando la contabilidad diaria a aquellos ministerios con poca o nula actividad (Cultura, Trabajo...) solicitando solo que se apuntase el día en que se hiciese un movimiento.
- CyD propone una ley que SOLO EXIGE algo que ya se hacía desde hace meses sin que ninguna ley lo exigiese a mitad de legislatura (día 15) y final de legislatura (día 4).

- NEL propuso que se indicara en la contabilidad a que se destinaba cada gasto
- CyD ignora ese dato / Depende de la "buena fe" del ministro

- NEL propuso que cada empresa estatal tuviese su propia contabilidad además de la general del ministerio.
- CyD ignora ese dato / Depende de la "buena fe" del ministro

- NEL propuso que las estatales calcularan diariamente lo que cada estatal gastaba en sueldos y gasto de compra de raw.
- CyD ignora ese dato / Depende de la "buena fe" del ministro

- NEL propuso que la contabilidad fuese pública y accesible en cualquier momento por cualquier eCiudadano (Google Docs).
- CyD propone que SOLO se hagan públicas los días 15 y 4 de cada mes en el Boletín oficial del cada Ministerio. El resto de días queda a la "buena fe" del ministro.



Con el grave déficit que el Gobierno de España tiene se debe controlar a que se destina cada gasto, cuanto gasta cada estatal, cuales son sus gastos en sueldos y raw...

Ser ministro no es para jactarse "Mira, soy Ministro, y tú no". Es una responsabilidad y no se cobra por ello. Pero no se puede jugar con el dinero público. Si no quieres trabajar, no te presentes a ministro. Si quieres trabajar por tu país, trabaja de ministro.

Solo añadir que si esta propuesta sale adelante recemos a Varnish para que cada ministro tenga "buena fe" en informarnos de las cuentas de su ministerio.