Ley de financiamiento de Upgrade Q2 de centros de entrenamiento

Day 1,594, 09:39 Published in Colombia Colombia by JuanchoRC


Mientras recibo la ORG del Congreso, emito el siguiente comunicado, en calidad de Presidente del Congreso de eColombia:


Se reabren las inscripciones para aplicar al upgrade a Q2 de Centros de Entrenamiento gratuitos.

Condiciones --> Están referenciadas en este artículo (emitido por JuanPaya).

Formulario -->

Nick: _________________
Link Perfil: ________________
Numero de medallas SS actuales: _________________
Foto (pantallazo) de las estadísticas del perfil del foro: ______________________

Ejemplo -->
Nick: JuanPaya
Link Perfil: http://www.erepublik.com/es/citizen/profile/5565352
Numero de medallas SS actuales: 2
Foto (pantallazo) del perfil del foro:


Llenar el formulario y salir beneficiario es someterse a las condiciones de pago impuestas por esta ley o cualquier otra ley que exista que pueda ser coherente con el fin social de esta ley.

Todo ciudadano que no cumpla con el pago o que pague fuera del tiempo queda sujeto a las penalidades que el congreso le imponga.

Después de recibido los 20 Gold's el beneficiario debe inmediatamente cumplir con el fin por el cual se le otorgo y financiamiento y subir en el menor tiempo posible una foto de los centros de entrenamiento ya Upgradeados. No Hacerlo constituye igualmente traición a la patria.

Clausulas

El ciudadano que resulte beneficiario esta obligado no solo a pagar lo acordado, también esta obligado a servir como soldado de la patria por un tiempo mínimo de 6 meses, tiempo en el que debe obligatoria mente ser soldado activo de Colombia y ser ciudadano colombiano, la falta a esta clausula implica que el ciudadano pierda la calidad de subsidiado y deba pagar todo el financiamiento completo (20 Gold's) y sera penalizado como traidor a la patria con enjuiciamiento por parte del congreso.

El ciudadano que desee cambiar de CS y no ser sancionado debe pedir permiso al congreso en sala publica argumentando sus motivos y el tiempo de retorno, bajo ninguna circunstancia el ciudadano puede militar en una UM que no sea Colombiana, hacerlo es infringir los principios de esta ley y sera sometido a las sanciones que el congreso determine.


Saludos,

ROBFERDINAND
Presidente del Congreso de eColombia


Actualización 11:49 a.m.: el señor administrador de foro islitos cerró de forma arbitraria el topic destinado en la sala Pública, alegando que no se ha discutido el tema del recaudo de lo que le corresponde pagar a los primeros quince beneficiarios (línea que deben seguir los siguientes 45 beneficiarios).


Actualización 4:15 p.m.: el señor administrador de foro islitos volvió a abrir el topic destinado en la Sala Pública, ofreciendo disculpas por el inconveniente que él realizó en su momento.