Economía: Orgs. conversión entre modelos.

Day 6,027, 15:46 Published in Spain Spain by Banco de Espana


Doc de transparencia: https://acortar.link/DocTransparencia

Buenas noches.
Al parecer están habiendo dudas en cómo influirán las nuevas medidas tenencia de orgs. Creo el cambio más sencillo es el de las orgs cedidas, puesto que estas parten de 0 y por tanto es solamente añadir. Sin embargo en el tema de los alquileres es diferente, ya que antes se había pagado en un modelo que era X, y ahora se establece un modelo que es Y. Y puesto que no solo entra en vigor para nuevos alquileres, sino que afecta a los antiguos, significa que se debe realizar un cálculo de conversión para ver, a día de hoy, cómo quedarían los alquileres en vigor.

Para realizar esta conversión:
1) Se verá el verá el coste por día de alquiler en el modelo antiguo y nuevo.
2) Se convertirán los 100k extra de fianza según el nuevo modelo.
3) Se calcularán los días restantes de alquiler, atendiendo a:
-La disminución de días restantes debido al aumento de coste por día.
-La extracción de ese nuevo dato, del valor en días de los 100k extra de fianza.
El resultado final sería el número de días que le queda a la org en alquiler, y con la nueva fianza de 200kcc.


Tras el nuevo cómputo, se pueden dar dos situaciones:
-Que el resultado sea positivo, o lo que es lo mismo, que el margen de días antes del cambio fuera tan alto que diera para cubrir el extra de fianza, y además sobre CC que convertir en días según el nuevo coste de alquiler. Por tanto el alquiler queda limpio, con 200k de fianza reglamentaria y días de mantenimiento por disfrutar.
-Que el resultado sea negativo, o lo que es lo mismo, que antes incluso del cambio de modelo, la finalización del alquiler estuviera tan próxima que su valor en CC no diera para cubrir el extra de fianza, y deje un saldo a deber.

En este segundo caso, las opciones son:
-Si desean mantener su alquiler, pagar los días negativos según el nuevo coste por día, con lo que tendrían su alquiler cubierto y con la fianza debida, y a partir de ahí renovar el alquiler según el nuevo coste mensual.
-Si desean cortar su alquiler, se les devuelve el dinero que les quedaría si esta ley no hubiera entrado en vigor (los 100k de antigua fianza + los días que les quedara).

Entiendo que esto último comentado, se extiende a todos aquellos que deseen cortar el alquiler de su org. Simplemente se verán los días/meses de alquiler restantes antes del cambio, junto a la fianza original, y se les devolverá.

Espero haya quedado todo claro. Cualquier duda, la solventaré en la medida que pueda.




Capitalismo, esfuerzo y trabajo duro
Un saludo a todos.
D.G.