Carta abierta al congreso y a la cúpula de mando de las FFAA

Day 830, 00:02 Published in Spain Spain by Leogar

El ciudadano " the lulz " miembro de las FFAA ha sido encontrado culpable por los administradores del juego y condenado a un ban temporal.

Con base en el artículo 5º constitucional:

Artículo 5
eEspaña acata las normas universales de Erepublik, incorporándolas a su derecho positivo.



y el artículo 30 contenido en el Título VII de los estatutos de las FFAA


Título VII. Expulsiones, degradaciones y denuncias.
30. Cualquier acción será reflejada de forma pública en un documento visible para su consulta por cualquier ciudadano


En base a los siguientes delitos:

Racism
“ The term "racial discrimination" shall mean any distinction, exclusion, restriction or preference based on race, colour, DESCENT, or NATIONAL or ETHNIC origin which has the purpose or effect of nullifying or impairing the recognition, enjoyment or exercise, on an equal footing, of human rights and fundamental freedoms in the political , economic, social, cultural or any other field of public life. ”
(INTERNATIONAL CONVENTION ON THE ELIMINATION OF ALL FORMS OF RACIAL DISCRIMINATION)

The following direct or indirect actions ARE considered racism:
the genealogy of a nationality is said to be inferior;
pejorative or harmful terms or stereotypes are used from the nation/nationality.


Extremism/Flaming/Trolling
any debate which deteriorates into personal insults or personal attacks is CONSIDERED flaming .
Any of the following direct or indirect actions ARE considered extremism/flaming/trolling:
bringing real life issues/controversies in the New World.

Vulgarity
usage of commonly considered vulgar and curse words.

(Extraido del Rules Addendum )

Ya que el individuo señalado ha violado la ley de eRepublik y ha sido encontrado culpable por los administradores y ha violado también la constitución española que recoge estas reglas como parte de su derecho positivo

Solicito a la cúpula de mando de las FFAA:

1)La expulsión permanente del acusado de las honorables FFAA españolas

2)El informe público que deje constancia de su expulsión

Ya que los estatutos de las FFAA están supeditados a la constitución:

Art 7.2. Una Ley regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.

Un ciudadano que quebrante la constitución de manera tan flagrante no puede ser parte del organismo que defiende esa misma constitución.


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Con base en los artículos 4.2, 4.3, 7.1 y 7.2 constitucionales


Artículo 4
2. El conjunto de ciudadanos y poderes públicos están sujetos a esta Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la seguridad jurídica, publicidad de las normativas y velará siempre porque las Leyes que se promulguen actuen neutralmente.

Artículo 7
1. Las Fuerzas Armadas tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de eEspaña, defender su integridad territorial, sus intereses en el extranjero y el ordenamiento constitucional. Estarán supeditadas a las decisiones del Presidente y del Congreso de eEspaña.
2. Una Ley regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.


Solicito al H. Congreso:

1) que ponga especial atención en el cumplimiento de las sanciones institucionales al individuo implicado

2) en caso de que ninguna sanción fuese administrada (o que fuese de insuficiente rigor), la creación de una comisión que investigue este caso, resuelva y siente precedentes para casos similares en cumplimiento del Artículo 29 constitucional


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Escribo esta solicitud amparado por y ejerciendo los derechos otorgados por los artículos 11.3 y 29 contenidos en la Constitución de eEspaña


Artículo 11
3. Se reconoce el derecho de petición individual y colectiva por escrito, en la forma y con los efectos que determine la Ley.

Artículo 29
El Congreso podrá nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público.


Agradezco de antemano la atención prestada a la presente carta.

Firma al calce:
Leogar, día 830 del nuevo mundo.


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Editado, he corregido la base legal de mi querella ya que los estatutos vigentes de las FFAA están limitados para actuar en este caso. Mantengo mi querella y su naturaleza en base a la constitución, documento de jerarquía jurídica mayor a los estatutos de las FFAA y al que la FFAA como institución esta supeditado por naturaleza.