El esquema que viene.

Day 4,540, 20:18 Published in Argentina Argentina by Pablo David Costa

Todavía no conocemos las circunstancias que ya ya está sostenidas en las rentas regionales. Es decir por ahora no sabemos de autoridades de nivel gubernamental que sea regionales o provinciales. Es de ir las economías componen en ese caso una recistracion hasta ahora multipartidaria y multinacional. En este momento se acerca una posibilidad remoto de conocer Alcaldes y Gobernadores varios. En definitiva no está abierta la votación y será muy difícil que esas personas compongan todos los entes registrales siguiendo una línea argumental de la talla de la referencia actual. Que impone un ejemplo son argumentaciones aunque en medida que sean conocidos los trabajos y cargos se podría configurar plataformas y patrones de variables. En definitiva es una situación difícil porque las elecciones suponen, una especial atención en los registros públicos provinciales o regionales que están dentro de La República.
De alguna forma decimos que la constitución regula la participación de las personas empresas y regiones. Algo similar ocurre en las zonas comunes de una determinada empresa campo o propiedad cualquiera que merece particular atención de acuerdo a su composición o construcción. Por ello la Historia de la Constitución se compone desde el Congreso. Vemos está impetud primera que sobrevino a nuestra república a un nivel primario. En lugar de ser una provincia secundaria de Europa para ser propiamente participante de los sucesos en materia Constituyente.
Lo fundamental del congreso fue que el 9 de julio de 1816 los representantes de las provincias firmaron la declaración de la Independencia de las Provincias Unidas en Sudamérica y la afirmación de la voluntad de “investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli”, a lo que luego se añadió “y de toda otra dominación extranjera”. De este modo, desde el proceso político iniciado en 1810 con la Revolución de Mayo, se asumió por primera vez una manifiesta voluntad de emancipación.

El Acta de la Independencia está precedida por una descripción del ánimo de los constituyentes a la hora de proclamarla: “Era universal, constante y decidido el clamor del territorio por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España”.

La “emancipación” es una categoría destacada para pensar la independencia. En el marco de las filosofías del iluminismo, muchas de ellas inspiradoras de diversos movimientos independentistas, la “emancipación” era concebida como la instancia en que un sujeto adquiere la “mayoría de edad”, pero ya no sólo en el ámbito de lo “doméstico” o en el mundo privado, sino en la vida social, política e histórica. La independencia, concebida como “emancipación”, aparece así como el deseo social de vivir sin tutela.

Uno de los libros que circulaban entre los revolucionarios, El contrato social de J. J. Rousseau, planteaba en sus primeras páginas justamente el problema de la emancipación con una pregunta recogida en este afiche: ¿por qué si el hombre es libre se halla por todas partes encadenado?

Distintas tradiciones pedagógicas y educativas en nuestro país –y en el continente americano- consideran que la “emancipación” es un objetivo fundamental de todo proceso educativo. Para algunas, sobre todo aquellas inspiradas en variantes del iluminismo, no hay emancipación sin la transmisión de saberes y valores tendientes a la construcción de una ciudadanía responsable; otras identifican la “emancipación” con el despliegue de los propios saberes y valores que conforman la cultura popular.

En la medida que manifiesta el deseo social de vivir sin tutelajes, la emancipación forma parte constitutiva del horizonte utópico de las actuales sociedades democráticas. Si en 1816 los congresales reclamaban al mundo el reconocimiento de un nuevo “sujeto político”, en la actualidad distintos grupos sociales -desde los movimientos feministas a los inmigrantes, de los jóvenes a los pueblos originarios- en el acto mismo de peticionar por sus derechos, exigen ser reconocidos como “sujetos”.

A pesar de todo ello el supuesto de la consideracion. Nos ubica en la coyuntura diplomática con la capacidad de habilitar o confiar nuestras fuerzas a Naciones conocidas o implementar políticas de colaboración de doble aceptación, también pactos de protección mutua etc. Y sin duda algunas conversaciones están atentamente reveladas por las circunstancias y sustancias actuales. Es considerada la acción de latitudes lejanas de acuerdo a su presupuesto y la consideracion de los efectos futuros en la producción Regional y Nacional.