Amanecer Constitucional.
Tinsvoia
¡Pueblo! ¡El Sol Eterno se me ha vuelto a aparecer, he de difundir Su Palabra! ¡Oh, ciclo en lo alto! ¡Puro! ¡Diáfano! ¡Oh, abismo de luz! Mirándole me estremecí de ansias divinas.
El Sol Eterno me ha desvelado su proyecto constitucional, y debo difundirlo. Me ha comunicado que es su deseo que se debata y pula públicamente, y da la bienvenida a cualquier idea para mejorar el proyecto y consensuar una futura nueva norma constitucional. Aquí está:
Capítulo I: el Poder Legislativo.
Art. 1.- La soberanía nacional se encarnará en el Congreso de eEspaña, que será a su vez el Poder Legislativo de la Nación.
Art. 2.- El Congreso de eEspaña estará compuesto por los diputados elegidos en las elecciones celebradas el día 25 de cada mes. Todos los eEspañoles podrán concurrir a las elecciones en régimen de libre competencia. Los congresistas recibirán el título de Tribuno.
Art. 3.- Se fomentará la participación de partidos pequeños. Los diputados de partidos fuera del top 5 que hayan sido elegidos para el Congreso tendrán derecho a asociarse y crear un Grupo Mixto que abogue por sus intereses. El Grupo Mixto tendrá un representante elegido entre todos ellos, y en defecto de acuerdo, será el representante que más votos haya recibido en las elecciones.
Art. 4.-Se designará una mesa del congreso, compuesta por las cabezas de lista de los partidos del top cinco y el representante del Grupo Mixto, o la persona en quien deleguen. Esta dispondrá de un espacio público de debate en el foro outgame y sus funciones se limitarán a ordenar el debate de las votaciones outgame.
Art. 5.- El Congreso podrá controlar al gobierno a través de una sección dedicada al efecto en el foro outgame, no obstante, el único medio para removerlo será el impeach promovido en el congreso ingame.
Art. 6.- Las votaciones se llevarán a cabo exclusivamente ingame, excepto en los casos en los que se indique lo contrario en esta eConstitución. El foro outgame será utilizado como medio para debatir las votaciones que se efectúen ingame.
Art. 7.- La proposición de leyes será libre y los parlamentarios podrán votar del mismo modo.
Art. 8.- Corresponde a la Mesa del Congreso, previo visto bueno de la persona encargada de la llevanza de las cuentas públicas, la decisión sobre la remuneración de los congresistas, con el único objetivo de incentivar la participación de estos.
Capítulo II: el Poder Judicial.
Art. 9.- Se dispone la creación de un Tribunal General.
Art. 10.- El Tribunal General estará formado por 3 personas elegidas por el Congreso y 2 por las unidades militares, con un mandato de dos meses. Recibirán el título de Justicia.
Art. 11.- Los miembros del tribunal habrán de ser políticamente independientes, y a ese efecto dejarán su partido, si perteneciesen a uno, y se unirán a otro creado al efecto. Durante su mandato serán inamovibles, excepto en caso de pérdida de la independencia política, caso en el que podrán ser removidos a través del voto favorable, por mayoría simple, del resto de componentes del tribunal.
Art. 12.- Los Justicia tendrán justa remuneración en compensación por su neutralidad política. Esta remuneración será determinada por el Congreso, que oirá a la persona en el Gobierno encargada de la llevanza de las cuentas públicas.
Art. 13.- Las funciones del tribunal general serán meramente consultivas, excepto si en el futuro eRepublik habilitase un modo de imponer sus decisiones. Los Justicias, por mayoría de cuatro votos a uno, determinarán la constitucionalidad de cualquier acción traída ante este por cualquier ciudadano eEspañol. También tendrá legitimación para actuar ex officio.
Art. 14.- En el ejercicio de sus competencias, el Tribunal General podrá recurrir a cualquier medio probatorio, siempre que sea respetuoso para con los ciudadanos. A este respecto, podrá llamar a testigos, proveerse de documentación, etc. El proceso terminará con una Opinión del Tribunal.
Art. 15- El Tribunal General tendrá una sección pública en la que debatirá y hará sus deliberaciones. Toda opinión deberá ser publicada en sección dedicada al efecto en el Boletín Oficial del Estado.
Capítulo III: el Poder Ejecutivo.
Art. 16.- El Gobierno estará formado por los ciudadanos españoles debidamente elegidos en elecciones mensuales cada día cinco.
Art. 17.- El Presidente del Gobierno gozará de libertad a la hora de formar su gabinete, que cesará al completo junto con el Presidente. El Presidente gozará del título de Gran Ejecutor, y los miembros de su gabinete de Ejecutor.
Art. 18.- El Gobierno en su conjunto tiene obligación moral y constitucional de dar cuenta al Congreso y al Pueblo de sus acciones. A este respecto, responderá a las preguntas y peticiones que el Congreso y el Pueblo le plantee por cualquier medio, ya sea a través de una sección del foro outgame, mensaje privado o cualquier otro medio de comunicación.
Art. 19.- El Gobierno tendrá la obligación de publicar, al menos semanalmente, un Boletín Oficial del Estado en prensa, en el que dará cuenta de todas las acciones gubernativas tomadas en ese periodo, así como explicaciones de política general. Esta obligación podrá ser sustituida por la publicación de los boletines de cada ministerio. El Boletín incluirá asimismo una sección con las resoluciones del Tribunal General y de los distintos Tribunales Inquisidores.
Art. 20.- El Gobierno tendrá el control, dando la información debida al Congreso y al Pueblo, de la Unidad Militar Nacional y la Organizaciones Públicas. El resto de Unidades Militares se organizarán libremente, aunque deberán tener en cuenta en su toma de decisiones el interés nacional.
Art. 21.- Se establece la reception de una pensión por parte de la población viejuna como derecho constitucional. El Gobierno las repartirá equitativamente entre la población envejecida. Este reparto no podrá usarse como represalia política.
Art. 22.- Se publicará y mantendrá al corriente un Documento de Transparencia Financiera. Deberá tener detalle de todas las transacciones económicas llevadas a cabo por el Gobierno o sus Organizaciones.
Art. 23.- Cualquier Dictadura de Autoprotección, dentro de lo posible, se debatirá y votará en referéndum por sufragio libre y directo, salvo caso de urgencia, en el que votará únicamente el Congreso. Si la dictadura de auto protección se votase en el Congreso, habrá de hacerse posterior referéndum convalidatorio, en el plazo de de 15 días. Si no se convalidase, se deberá revertir.
Capítulo IV: Religión.
Art. 24.- Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públi- cos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con el Soleternismo y las demás confesiones.
Art. 25.- Las distintas confesiones podrán organizarse libremente y tendrán derecho a crear su propio Tribunal Inquisidor, que tendrá derecho a publicar extracto de sus resoluciones en el Boletín Oficial del Estado. Los componentes de los Tribunales Inquisidores tendrán el título de Inquisidor, y su presidente el de Gran Inquisidor.
Debatid, ¡debatid, enmendad y proponed, hermanos!
Próximamente también en el foro.
Y ahora, he de arrojarme en pos de la altura del Sol, ¡tal es mi propia profundidad! ¡Me cobijaré en su pureza, en mi inocencia divina!
¡La profecía está pronta!
Comments
A babaor
Con la estulticia galopante de la jauría que suele jugar eR esto es imposible.
Entiendo que ésta es la versión reducida...
Alguien que se lo haya leído y nos haga un "ballantines"?
P😛 no hay más dios que Q
Si revisas el capítulo IV, verás que Q puede estar reconocido bajo el marco constitucional, e incluso tener su propio tribunal inquisitorial. Igualmente, si deseas más espacio para Q, propón enmienda y la llevamos a debate.
foro outgame? juas.
Es un curro importante el que hiciste, pero irrealizable a dia de hoy.
Quizá, precisamente por eso está abierto a debate y enmienda. Yo sola no puedo solucionarlo, ¿alguna propuesta que excluya el outgame?
Es Amanecer Dorado
A mi me recuerda mas bien a:
http://www.youtube.com/watch?v=uLIJBuQLaMU
Tu eres más de lluvia dorada, bastardo.
Deje de leer cuando vi "mesa del Congreso", pero buen intento
Pero esta mesa del Congreso es diferente. Exclusivamente se encarga de ordenar los debates (la importancia real está en el ingame=, y queda formada automáticamente por los cabezas de lista. Es una simplificación máxima de la mesa y existe únicamente con fines organizativos.
Si prefieres una versión sin mesa, abierto está el texto a enmiendas~
Soy Haruhista no puedo estar a favor de este cambio ni en sueños, MI DIOSA TODO LO SABE!!
Tu Diosa tiene cabida en el marco constitucional propuesto (ver capítulo IV), hasta un tribunal puede tener si así lo desea. De todos modos, el texto está abierto a enmiendas y te invito a que presentes las que creas convenientes. El Sol Eterno lo pide.
Por lo general casi todo es un copypaste de lo que "ya hay" y algunas cosas con el nombre cambiado, pero el problema al que te enfrentas es que hay gente que no quiere ver el outgame para nada, asi que las propuestas al final no sirven si no se pueden implementar, por mi, excepto por lo de la religion, pues en eR hay muchas, mientras fomentes roleo sano por mi bien.
Acknowledged. Si esto no sirve y no me llegan propuestas en los próximos días intentaré sacar una versión sin outgame, era por ampliar las posibilidades que el ingame da. Intenté aquí llegar a un punto medio en el que lo importante es el ingame y el foro sirve solo como zona de debate.
Si yo entiendo a donde quieres llegar, pero es que no quieren pisar el foro así los maten.
Ese es un copy and paste de 6° EGB en toda regla, ofc.
Menuda fumada... XD
V+E por el curro aunk nose k pone.
El artículo 24 tiene trazas de coypaste.
El Sol Eterno quiso hacer una crítica a la supuesta aconfensionalidad del Estado VR.
Art. 10.- El Tribunal General estará formado por 3 personas elegidas por el Congreso y 2 por las unidades militares, con un mandato de dos meses. Recibirán el título de Justicia.
La unica parte realmente importante y que no es una obviedad de esta constitucion es el Tribunal Generla, y no dice como se elige concretamente
Mea culpa, olvidé incluir ese extremo. ¿Alguien tiene alguna propuesta en lo referente a su elección? ¿Quizá es el Congreso quien debería elegir la parte civil? ¿Establecer turnos para la porción militar?
No tengo una propuesta porque es la parte msa dificil. Estas moviendo el outgame a un grupo de gente y entonces la parte mas importante para todo el mundo va a ser "quienes son esas personas que llevan el outgame"
Bueno, el outgame no tiene poder real bajo este marco, es simplemente una plataforma adicional para el debate de lo que se hace en el ingame. Para el congreso se hacen los debates sobre lo propuesto en el ingame (no al revés) y para el tribunal se hacen opiniones que no tienen porque vincular más allá del reproche social (tampoco hay manera de imponer una decisión outgame en el ingame).
Intenté ser realista y dejar que los partidos fuesen los que eligiesen la gente que va a la mesa (cabezas de lista o persona en la que se delegue). Al fin y al cabo el trabajo sería abrir y cerrar hilos sobre votaciones ingame.
me refiero al Tribunal, no a la mesa
[removed]
Noted. Intentaré para versión futura dejar más clara la elección del tribunal. Igualmente el tribunal sigue la misma idea que la mesa, al ser consultivo y no tener poder real. Es más bien algo a lo que se consulta sobre la legalidad de una u otra acción para que su opinión sea tenida en cuenta por quien ingame deba tomar decisiones (a la hora de modelar las listas al congreso, elecciones, etc.)
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Guru Meditation:
XI😨 460679933
Varnish
Si se publica este artículo con los BOEs y se hace todo a través de feeds, lo tienes. Más o menos 😃
¡Gracias!
Me temo que tendrá que ser así, hay más animadversión hacia el outgame de lo que me esperaba. Tomo buena nota, y de no salir esto (cómo parece que no saldrá), prepararé una segunda versión partiendo de esa idea.
Si tienes cualquier otro comentario o idea, ¡siéntete libre de aportarla!
[removed]
Vaya parrafada compadre!!
Y si el foro outgame fuera un periodico?
¡eso es una buena idea! quizá cada institución podría tener una org pública (congreso, tribunal, ejecutivo).
¡muchas gracias por el aporte!
menudo tocho