Chapuza en el congreso, LEY NONGRATOS NULA.

Day 2,420, 09:57 Published in Spain Spain by DanielitoFC

Os dejo el extracto entero del MP enviado a la mesa del congreso.




Por la presente, en representación de los ciudadanos Corchuela y Lizan que han elegido en mi persona su defensa, les comunico.

ANTECEDENTES.

Se procede a la votación sin opción a defensa de mis dos representados, por petición del congresista AvilesII.
Se les condena en firme de forma perpetua pero revisable anulando completamente sus derechos como ciudadanos.

ARGUMENTAMOS.

La ley que se usa como método de castigo es la llamada Ley General de non-gratitudes, aprobada por la cámara del congreso el día 16 de Abril de 2014 en primera instancia y reformada el 2 de Julio de 2014.
Dicha ley está sujeta a las garantías legales que amparan a todos los eEspañoles, siendo mis representados eEspañoles en el momento que suceden las premisas por las que se les acusa. Quedarían amparados por dichos deberes y obligaciones, como no se puede entender de otra manera, al ser juzgados por la ley eEspañola llamada Ley General de non-gratitudes, pero que además quedaría recogido por el artículo 5.13 de la Ley Base.
La ley en vigencia encargada de velar por la garantía legal, de la libertad y la seguridad jurídica es la llamada Ley Base que recoge, los Principio y Garantías Fundamentales del Derecho en el Estado eEspañol. Siendo aprobada el 8 de Julio de 2013 y estando en vigor la modificación del 30 de Septiembre de 2013.

Poniendo en conocimiento de la cámara que la Ley General de non-gratitudes entra con conflicto con la Ley Base en los siguientes puntos:

Preámbulo:
Se crea la Ley General de non-gratitudes con el objetivo de poder castigar a todos los efectos a las personas que cometan actos contra eEspaña y los eEspañoles.


Dicho preámbulo entra en conflicto directo con los siguientes artículos de la Ley Base.

Título II.B artículo 3.2. Título III.A artículo 7.
Título II.B artículo 3.3. Título III.A artículo 8.
Título II.B artículo 3.4. Título III.B artículo 9.
Título II.D artículo 5.1. Título III.B artículo 9.1.
Título II.D artículo 5.2. Título III.B artículo 9.2.
Título II.D artículo 5.3. Título III.B artículo 14.1.
Título II.D artículo 5.7. Título III.B artículo 14.2.
Título II.D artículo 5.9. Título III.B artículo 14.3.
Título II.D artículo 5.12. Título III.B artículo 15.
Título III.A artículo 6. Título III.B artículo 16.

Artículo 1:
Se reserva el derecho del Congreso a declarar non-gratos únicamente en los casos de aquellas personas que atenten gravemente contra España y/o sus ciudadanos (cometiendo robos, estafando, aprovechando su cargo para perjudicar en medida de lo posible, etc)
1.1 La nongratitud es permanente y revisable
1.2 La nongratitud se puede revisar pasado un año de ser considerado como tal pudiendo cualquier ciudadano con CS española pedir las revisiones.
1.3 En el caso de que un ciudadano non-grato sea reafirmado por la Cámara en su condición, podrá tener su caso revisado 6 meses después de la última revisión.
1.4 En el caso de que un ciudadano non-grato pase a controlar otra cuenta, esta tendrá la misma consideración.


Dicho artículo entran en conflicto directo con los siguientes artículos de la Ley Base.

Título II.D artículo 5.7. Título II.D artículo 5.9.
       Título II.D artículo 5.8. Título II.D artículo 5.16.

Artículo 3:
Los ciudadanos non-gratos no podrán formar parte de ningún gobierno, ni de las FF.AA. ni del Congreso (no siendo reconocido como congresista aunque salga elegido en el juego) ni de ninguna otras institución del país. Además tendrán vetado poder recibir cualquier subvención y/o premio que otorgue un organismo que sea público o que reciba fondos del Estado. De la misma forma, no podrán recibir CS española en caso de estar en el extranjero


Dicho artículo entra en conflicto directo con todos los artículos posteriormente mencionados de la Ley Base.

EXPONEMOS.

Que la Ley General de non-gratitudes sea declarada nula.
Que sean restablecidas las libertades de mis defendidos.
Que de oficio sean restablecidas las libertades de todos los sancionados por dicha ley.
Que nos reservamos el derecho a denunciar por prevaricación a quien creyéramos oportuno.
Que nos reservamos el derecho a denunciar daños morales por el tiempo en el que se han visto mis defendidos desprovistos de sus libertades.

Quiero agradecer a la cámara que tengan en consideración esta prerrogativa.

Atentamente.
DanielitoFC
Abogado Defensor.