Entrada en vigor del REGLAMENTO del CONGRESO

Day 118, 16:28 Published in Spain Spain by Gobierno de Espana SO

Mediante el presente comunicado se informa de que el reglamento para el congreso entra en vigor con caracter inmediato. La mesa del mismo seguira estando, hasta proximas elecciones, presidida por taguaro seguido por Meiko y Fredy respectivamente. (Esta decision podra ser impugnada por cualquier congresista que no este conforme en el plazo de 48 horas, en cuyo caso se procedera a la destitucion de la mesa y su posterior votacion)

Se han adaptado las normas al protocolo exigido por los administradores y se ha recibido su visto bueno definitivo. A falta de su traduccion integra y votacion en el apartado "contracts" del foro de Erepublik se le otorga plena veracidad para su aplicacion.

A continuacion se publica la noramtiva definitiva que regulara este organismo y por el que se pide se rijan las propuestas al mismo:



Título 1. De la organización del Congreso


Capítulo primero: De la mesa.


A) Composición de la Mesa.


Artículo 1.-
La Mesa es el órgano rector del Congreso y ostenta la representación de esta en los actos a los que asista.

Artículo 2.-
La Mesa estará compuesta por el Presidente del Congreso y dos vicepresidentes.

Artículo 3.-
El Presidente dirige y coordina la acción de la Mesa.


😎 Funciones de la Mesa.


Artículo 4.-
Adoptar cuántas decisiones y medidas requieran la organización del trabajo y el régimen y gobierno del Congreso.

Es decir, organizar el Congreso en base a este Reglamento.

Artículo 5.-
Calificar, con arreglo al Reglamento, los escritos y documentos de índole parlamentaria, así como declarar la admisibilidad e inadmisibilidad de los mismos.

Artículo 6.-
Decidir la tramitación de todos los escritos y documentos de índole parlamentaria, de acuerdo con las normas establecidas en este Reglamento.

Artículo 7.-
Fijar el calendario de actividades del Pleno y de las Comisiones y coordinar los trabajos de sus distintos órganos


C) Funciones del Presidente del Congreso.


Artículo 8.-
El Presidente del Congreso ostenta la representación de la Cámara, asegura la buena marcha de los trabajos, dirige los debates y mantiene el orden de los mismos, sin perjuicio de las delegaciones que pueda conferir.

Artículo 9.-
Corresponde al Presidente cumplir y hacer cumplir el Reglamento, interpretándolo en los casos de duda y supliéndolo en los de omisión. Cuando en el ejercicio de esta función supletoria se propusiera dictar una resolución de carácter general, deberá mediar el parecer favorable de la Mesa.


D) Funciones de los Vicepresidentes del Congreso.


Artículo 10.-
Los Vicepresidentes, por su orden, sustituyen al Presidente, ejerciendo sus funciones en caso de vacante, ausencia o imposibilidad de éste. Desempeñan, además, cualesquiera otras funciones que les encomiende el Presidente o la Mesa.


E) Elección de la Mesa


Artículo 11.-
El Pleno elegirá a los miembros de la Mesa en la sesión constitutiva del Congreso. Es decir, al día siguiente de las elecciones.

Artículo 12.-
En la elección, cada Congresista votará un solo nombre de entre todos los Congresistas, exceptuando a los presidentes de partido y al Presidente del Gobierno. Resultará elegido como Presidente del Congreso el que obtenga el mayor número de votos de los miembros del Congreso. En caso de empate, el Congresista de mayor edad (en el juego, se entiende) sería el elegido para ser Presidente. Los siguientes 2 congresistas más votados, ostentarán los cargos de vicepresidente 1º y 2º en orden a los votos recibidos.


F) Destitución de la Mesa


Artículo 13.-
Un grupo parlamentario, mediante su portavoz o presidente, podrá pedir la disolución de la Mesa en cualquier momento de la legislatura, pero solo una vez por legislatura. Para poder llevar a cabo la votación, necesitará al menos el respaldo público de otro grupo parlamentario. Una vez logrado el respaldo necesario, se paralizarán todos los debates y votaciones pendientes, para proceder a la votación de destitución de la mesa. Se necesitará mayoría cualificada de 2/3 para poder aprobar la destitución, tras lo cual se disolverá la mesa y se procederá a elegir la nueva mesa según lo descrito en el artículo 12.


Título 2. De las Disposiciones Generales.


Capítulo primero: Debates.


Artículo 14.-
Cualquier congresista o grupo parlamentario podrá enviar al congreso propuestas para su debate y votación. Para poder participar en los debates, los congresistas deberán darse de alta en el foro unificado de erepublik, y solicitar permisos para escribir en el apartado del congreso.

Artículo 15.-
Ningún debate podrá comenzar sin la previa admisión a trámite por parte de la Mesa del Congreso. Para ello, el solicitante, deberá enviar, mediante mensaje privado vía foro, a los 3 miembros de la Mesa, la solicitud de apertura del debate, acompañándolo del texto base a debatir, argumentado, sin imprecisiones ni ambigüedades.

Artículo 16.-
La Mesa, tan pronto reciba la documentación, deberá enviar un acuse de recibo al solicitante y comenzar el estudio del material para admitirlo o rechazarlo. Dispondrá de un plazo máximo de 24 horas desde le recepción del mensaje para las deliberaciones.

Artículo 17.-
La Mesa, en el plazo antes indicado, tiene el deber de admitir o rechazar la propuesta de debate. Si esta es admitida, se notificará al solicitante la admisión y se procederá con los trámites de inicio del debate. Si es rechazada, se notificará al solicitante, debiendo argumentar las razones de peso que existen para su rechazo.

Artículo 18.-
El inicio del debate se realizará tan pronto la Mesa admita la propuesta. El Presidente, deberá abrir el Hilo correspondiente al debate en el Foro del Congreso, adjuntando el texto y la documentación adicional de la propuesta, indicando quién es el solicitante de la misma. Una vez creado el Hilo, la Mesa deberá informar mediante mensaje privado, vía foro, a todos los Congresistas presentes.

Artículo 19.-
La mesa deberá establecer, a la hora de la admisión, el tiempo máximo de duración del debate, que no podrá ser inferior a 24 horas ni superior a 48 horas.

Artículo 20.-
Los congresistas, durante el tiempo del debate, podrán realizar las apreciaciones, críticas, propuestas de cambio,... que crean oportunas, siempre en el hilo del debate en cuestión y respetando el reglamento y las normas de disciplina parlamentaria especificadas en este mismo reglamento.

Artículo 21.-
Durante el tiempo del debate, el solicitante podrá pedir la retirada de la propuesta a la Mesa, tras lo cual esta procederá a cerrar el hilo. La retirada de la propuesta supone no realizar la votación posterior.

Artículo 22.-
Durante el tiempo del debate, el solicitante podrá pedir la modificación de los términos de la propuesta a la Mesa, tras lo cual, está procederá a su modificación. La Mesa, en base a la magnitud e importancia del cambio, podrá ampliar el tiempo de debate como máximo 24 horas más.

Artículo 23.-
Una vez finalizado el plazo para el debate, incluída la prórroga si la hubiere, la Mesa procederá a cerrar el hilo y comenzar las votaciones.


Capítulo segundo: de las votaciones.


Artículo 24.-
Todo Congresista tiene el deber y el derecho a votar o abstenerse en las propuestas presentadas en el Congreso.

Artículo 25.-
La Mesa, una vez finalizado el plazo para el debate de la propuesta, remitirá el texto a aprobar a los admin de erepublik, traducido al inglés para su correcta comprensión. Los admin y el presidente del país deben dar el visto bueno a toda ley que se presente en el Congreso antes de realizar la votación. La mesa abrirá un post en el apartado Contracts del foro de Erepublik, con el texto a aprobar en inglés y castellano. Una vez den por válida la propuesta los admin y el presidente (mediante la publicación de un mensaje "Agree" en el post), se dará por comenzada la votación.

Artículo 26.-
Los Congresistas, serán avisados mediante mensaje privado, vía foro, del comienzo de las votaciones y del plazo disponible para ello, que será de 5 días a partir de la hora de publicación de la aprobación de los admin y el presidente en el foro de erepublik.

Artículo 27.-
Para que una propuesta sea Aprobada por el congreso, al menos se necesitará un quorum de 20 congresistas que den su voto. A partir de ese quorum, la propuesta será Aprobada si obtiene la mitad más uno de los votos a favor al finalizar el plazo. Si obtuviese 20 votos a favor antes de cumplirse el plazo de los 5 días, la propuesta quedaría Aprobada en ese momento, sin necesidad de esperar más.

Artículo 28.-
Al finalizar el plazo o si es la votación obtiene la mayoría absoluta, la Mesa deberá cerrar las votaciones, verificar el resultado y comunicar tanto al solicitante como al resto del Congreso la aprobación o rechazo de la propuesta.

Artículo 29.-
La Mesa será la encargada, según lo dispuesto en el apartado Publicaciones, de comunicar de forma Oficial a todos los ciudadanos las propuestas aceptadas.

Artículo30.-
Disposición: Si la propuesta a votar se refiere al cambio de tasas y aranceles, la votación tendrá lugar en erepublik. Se deberán cumplir igualmente los plazos y la hora de inicio y final de la votación, así como la obligación de dar aviso del inicio de la misma. La única diferencia en este caso, es que será el Presidente del Gobierno quién tenga que iniciar la votación.


Capítulo tercero: de los plazos.


Artículo 31.-
La fecha y hora que se seguirá para el cumplimiento de los plazos, es la indicada por el reloj del foro y no por la de Erepublik.

Artículo 32.-
Desde la presentación de una propuesta a la Mesa del Congreso para su admisión, hasta la finalización de la votación, como máximo pasarán 9 días y cómo mínimo 2 días.

Artículo 33.-
Si la Mesa no cumpliera con los plazos estipulados, el Presidente del Gobierno, en última instancia, tendrá la capacidad y el deber de hacerlos valer.


Capítulo cuarto: De las publicaciones


Artículo 34.-
Todas las propuestas aprobadas en el Congreso se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el apartado Contracts del foro de erepublik.
Este Boletín, de carácter oficial y normativo, será publicado tanto en un periódico creado a tal efecto como en el foro.

Artículo 35.-
La Mesa, mediante su Presidente, será la encargada de su publicación.

Artículo 36.-
El BOE tendrá que ser publicado en el plazo máximo de 24 horas desde la finalización de las votaciones. Una vez publicado, la propuesta aprobada tendrá carácter oficial y se considerará en vigor.

Artículo 37.-
Todas las propuestas aprobadas, se nombrarán de la siguiente forma: "Propuesta -fecha de Aprobación-/-nº de propuesta- "


Capítulo quinto: De la disciplina parlamentaria


Artículo 38.-
Todos los Congresistas deberán respetar y cumplir con este Reglamento.

Artículo 39.-
Se respetarán, durante los debates, las normas básicas de convivencia, sin atentar al Honor de las personas, con respeto, sin amenazas o insultos, sin mentiras.

Artículo 40.-
La Mesa, ante la conducta irrespetuosa e hiriente de alguno de los Congresistas, tiene la capacidad de amonestarle. Las amonestaciones podrán ser:

A - Apercibimiento: Se le advertirá al congresista de su conducta y se le pedirá que rectifique.

B - Incapacitación temporal: Si continua con su conducta, se le incapacitará para poder acceder al Congreso durante un plazo mínimo de 24 horas y máximo de 48.

C - Incapacitación permanente: Si tras las 2 amonestaciones anteriores, el congresista sigue mostrando la conducto irrespetuosa, la Mesa podrá incapacitarle para acceder al Congreso permanentemente hasta el final de la legislatura.