Estatuto del Partido Conversador

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Partido Conversador
Estatuto Oficial
Junio 2015-

El siguiente estatuto se aplicará a todos los miembros del partido.

Organización Interna:

1.Las postulaciones a la Presidencia del País, serán libres y todos se podrán postular haciendo su propia presentación, para luego ser votada por los integrantes del poder del Partido.

Congreso:

1.A partir del 3 de cada mes se harán elecciones internas para definir los candidatos al congreso. No habrá distinción de ex partidos.
2.El cierre de las elecciones internas será el día 12 de cada mes.
3.Los días 13 o 14 de cada mes, se postulará oficialmente a los candidatos al Congreso.
4.Ningún congresista podrá ser reelecto más de cuatro veces consecutivas. Tendrá que esperar un periodo, para poder a volver a ser reelecto.

Elecciones Internas:

1.Las elecciones internas están compuestas por el Presidente del Partido, el Vicepresidente y el Secretario General.
2.En caso de ausencia de algún integrante, la elección se posterga
2b. Las elecciones no se podrá postergar más de 2 veces.
3.Las elecciones internas no solo abarcara votaciones para el Congreso, sino, que también abarcara votaciones de proyectos y votaciones para alianzas.

Alianzas:

1.Para lograr una alianza con el Partido Conversador, se tendrá que contactar con el Presidente del Partido, para luego darle el visto bueno al Vicepresidente, el cual se encargará de las negociaciones.
2.Finalizada la negociación, se publicará en el periódico oficial del Partido la alianza del Partido Conversador con el Partido que pidió la alianza.
3.El periódico oficial del Partido, publicará las imágenes de la charla que se tuvo, publicando:
-Los términos
-El nombre de la persona que negoció con nosotros.
4,La alianza con el Partido, durará 1 (un) mes. Si el presidente electo quiere volver a hacer la alianza con el mismo Partido, durará lo mismo, 1 (un) mes.
5.En caso de emergencia en un Partido, se hará una reunión de emergencia con el Gabinete del Partido Conversador, para ver si la alianza permanecerá o el acuerdo, se romperá.
6.El Vicepresidente tiene la obligación de notificarle al Presidente como van las negociaciones.
7.Sí entre los 2 (dos) Partidos, no se llegó a un acuerdo, no habrá alianza la cual firmar.
8.El Partido que rompe la alianza con nosotros, no podrá volver a hacer ninguna alianza hacia nuestro Partido.
8b. En el caso de que el presidente del partido anterior sea diferente, y hayan transcurrido al menos 3 meses desde el término de la alianza, la aceptación del Presidente, Vicepresidente y Secretario General de forma unánime, permitirá volver a negociar la alianza.

Presidente del Partido:

1.El Presidente del Partido, puede modificar el Estatuto a su gusto o puede crear otro. Cada vez que se modifique el Estatuto, o este se renueve por otro, tiene que pasar por votaciones en las Elecciones Internas, que en este caso se llamaría “Votaciones Internas”
2.El Presidente, tiene que tener obligatoriamente a un Vicepresidente en su Gabinete. El Secretario General, Consejero o Vocero son opcionales, pero se recomienda, que el Secretario General, Consejero y Vocero, estén presentes.
3.El Presidente para renunciar a su cargo, por lo menos tiene que haber cumplido 10 días como Presidente, de modo contrario, estaría violando un código del Estatuto.
4.El Presidente, no puede cambiar la zona de debate por otra. Siempre va a ser la misma.
5.El Presidente, puede cambiar la ideología política y económica, pero para cambiarlas por lo menos el 51% del Partido tiene que estar de acuerdo.
6.En caso de ausencia del Presidente, el VicePresidente asumirá el cargo de Presidente.

VicePresidente del Partido:

1.El VicePresidente, tiene el derecho de aconsejar quién podría ser el Secretario General, Consejero o Vocero del Partido.
2.El VicePresidente, puede negociar acuerdos con otros partidos, siempre y cuando el Presidente esté de acuerdo.
3.El VicePresidente, tiene la obligación de recaudar el tesoro del Partido. (Las donaciones que los jugadores hacen)
4.El VicePresidente, podrá modificar alguna Ley del Estatuto, siempre y cuando esté acorde a lo que el Presidente acordó.

Secretario General:

1.El Secretario General, si el Presidente o el VicePresidente no pueden ir a las reuniones con otros Partidos, el Secretario General asistirá como representante.
2.El Secretario General, puede aconsejar al Presidente de quien será el Vocero del Partido.
3.En caso de ausencia del Presidente y el VicePresidente, el Secretario General tendrá la obligación de ser el nuevo Presidente No-Electo.

Consejero:

1,El Consejero, puede aconsejar al Presidente y al VicePresidente sobre las Leyes del Estatuto dentro del Partido.
2.El Consejero, tiene la obligación absoluta de leer todo el Estatuto, y hacer cumplir las Leyes dentro del Partido.

Vocero:

1.El Vocero, tiene la obligación de notificar a los Miembros del Partido, sobre lo que sucede en el Gabinete.


Nicolacito - Presidente