[MinHacienda] Plan de Impuestos Devueltos a Asalariados (PIDA)

Day 2,965, 08:33 Published in Colombia Colombia by Ministerio de Hacienda

Cordial saludo a todos los colombianos.

Debido a que se presentaron múltiples quejas sobre problemas con las imágenes, las mismas han sido cargadas en un nuevo servidor y se ha vuelto a publicar el artículo para información a los recientes interesados. Saludos.

Tal y como se anuncio en el artículo sobre el presupuesto para Diciembre, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público da inicio oficial al Plan de Impuestos Devueltos a Asalariados (PIDA). Por medio de este plan, se procede con la devolución tributaria a todos los empleados colombianos de lo que recaudó el Estado a estos por concepto del Impuesto al Trabajo, con el fin de garantizar la progresividad del gravamen y mejorar el poder adquisitivo del trabajador colombiano.

Las instrucciones son las siguientes:

1. El empleado colombiano debe solicitarle a su empleador el siguiente pantallazo:

En dicha imagen, debe aparecer el trabajo realizado por el empleado durante 7 días (lo cual se ilustra por 7 muñecos verdes en forma contínua en el espacio designado abajo del recuadro rojo). Si por alguna razón el empleador no puede obtener ese pantallazo, el empleado deberá sacar un pantallazo al día durante siete días con la siguiente imagen:

No tienen que ocultar al empleador. Lo hago por motivos de seguridad.

Es importante que la imagen contenga los datos en recuadro rojo. Estos son, el nombre del ciudadano y la fecha y hora eR en la que se toman dichos pantallazos.

2. Los pantallazos deben ser enviados vía mensaje privado al correo institucional o a mi cuenta particular para el respectivo control.

3. El día Sábado 2 de Enero se realizará la devolución correspondiente con los pantallazos cuya fuente sea el empleador.

4. El día Martes 5 de Enero (y con extensión hasta el día 6 hasta las 9 de la mañana, hora colombiana) se realizará la devolución correspondiente con los pantallazos cuya fuente sea el empleado.

Normas e Información Importante.

1. El plan solo aplica a empleados colombianos.

2. El plan solo aplica a empleados que trabajen en fábricas colombianas. Ergo, quedan excluidos los colombianos que trabajen en empresas foráneas.

3. El plan solo aplica para el trabajo diario y no al trabajo realizado por horas (Overwork), debido a que este trabajo no está gravado con el impuesto.

4. La devolución se pagará proporcionalmente a los días trabajados. Si un empleado solo puede probar, mediante los pantallazos, que trabajó durante 4 días, se le devolverá lo correspondiente a 4 días laborales.

5. Recalcamos de nuevo la importancia de que el nombre del ciudadano y la fecha y hora estén incluidos en el pantallazo. Pantallazo que no cumpla con esos requisitos será considerado invalido para beneficiarse del plan.

Que la prosperidad los acompañe.

Demonaire Rai
Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Francisco de Paula S A N T A N D E R
Viceministro de Control y Vigilancia.