[eV] Haciendo una disertación e-jurídica

Day 2,581, 17:56 Published in Cuba North Korea by Demonaire

ÍNDICE

1. Haciendo una disertación e-jurídica.
2. Espacio publicitario.

Dos temas han sido traídos a colación últimamente que me obligan a hacer la siguiente suerte de escrito con matices jurídicos: el primero, la Reforma a las FAC propuesta por Sir Cocodrile con dos artículos muy criticables: la sanción automática (artículo 1😎 de inocultable intención sumarisima -que no sumaria- y las sanciones pecunarias (artículo 16), criticadas por no poder ser exigibles a los futuros sancionados. El segundo, la discusión que se lleva a cabo aún a nivel gubernamental para pasar la propuesta de una Ley de Ciudadanías a la Asamblea Nacional para su discusión y votación, en donde se vuelve a plantear el "nudo gordiano" de una hipotética sanción a un congresista que ejerza su derecho libre al otorgamiento de ciudadanías sin ningúna contemplación gubernamental o nacional, que generalmente fracasa por su falta de coerción (al igual que en la reforma mencionada), pero que no por eso deja de requerir una solución dados los incontables e incontables casos de golpistas extranjeros llegando a un país para tomarlo, precisamente gracias a las ciudadanías otorgadas intencionada o irresponsablemente por los parlamentarios (aún cuando no deja de ser irónico que la misma plataforma erepublikana deja abierto al público las solicitudes aprobadas y el congresista que hizo la aprobación.) En el presente ensayo, intentare demostrar que es posible crear un sistema sancionatorio el cual, a pesar de que tendrá varios y serios problemas en su implementación y ejecución, puede llegar a cumplir el objetivo de generar coerción en la comunidad, persuadiéndola (más que obligándola) a seguir las indicaciones acordes a la voluntad general de un país.


Seeeh, mucha ropa... pero es lo que hay

En la actualidad, y a pesar de todo el tiempo transcurrido desde la creación de eRepublik, solo existe una manera oficial y directa de establecer una sanción a un ciudadano: la impugnación presidencial; otra manera oficial, pero indirecta, vendría a ser la sanción política colectiva que los propios ciudadanos ejecutan a los partidos políticos en las urnas durante las elecciones oficiales en el juego; y sanseacabo. De resto, no existen sanciones oficiales hacia los congresistas o a los presidentes del partido por no seguir las normas establecidas en el país, y ni hablar de un ciudadano común que, por ejemplo, estafe, difame o insulte a otro ciudadano, o que luche contra su país o contra sus aliados, o que se robe una unidad militar de otro jugador. Por otra parte, la sanción política a los partidos políticos no siempre se ha mostrado eficiente a la hora de llevar justicia frente a un acto indebido, principalmente porque dicho acto cometido, frente a los trascendentales temas que enfrenta un país, puede ser demasiado menor para tomarlo siquiera en consideración; aún si fuera lo suficientemente grave, el que fuera cometido por una persona o por un grupo de personas, así fueran dirigentes, no justificaría que todos los miembros del partido paguen sus consecuencias; y aún si ameritará ese tipo de sanción, los afectados pedirían segundas (y terceras, y cuartas...) oportunidades que sin duda le serían concedidas.

Todo lo anterior lleva a una cuestión de fondo que es completamente irresoluto bajo la actual plataforma del juego: el principio Vae Victis", también conocida como la "Justicia de los vencedores", arropada en este caso al juego de las mayorías democráticas y en donde el mensaje es claro: ser elegido como Presidente (del partido o de la nación) o como Congresista a pesar de tener una "sanción" implica necesariamente que ha sido absuelto o exonerado de toda culpa, más allá de la "sanción social" que igual no deja de ser una postura minoritaria, si bien respetable.


Bueno, si... menti, ¿me va a juzgar, señora Jueza?

Sin embargo, considero que la comunidad en general ha pasado por alto la existencia de hechos que son de sobra sabidos por todo el mundo, pero que, usados de cierto modo, son herramientas jurídicas que pueden dar luces para el tratamiento de la hipotesis planteada:

+ Si revisamos definiciones de "Moción de Censura" en Google (que para efectos de este artículo, es igual a la impugnación -impeachment-), encontramos que estas se suelen presentar cuando se le quiere endilgar al Presidente la responsabilidad política por un suceso negativo que supuestamente estaba bajo sus funciones o cuando suceden crisis políticas en donde no se tiene confianza en la gestión de dicho mandatario.

+ Ahora bien, sabiendose que la Presidencia, además de sus poderes oficiales y no oficiales dentro del juego, también le es entregada el control de una organización estatal, a partir del cual no solo puede publicar artículos sobre la gestión de su gobierno, sino también gestionar recursos públicos en oro y en dinero, se entiende que dicho cargo posee una función administrativa que incluye la gestión de dichos recursos para garantizar el bienestar o la actividad de la sociedad cubana (por ejemplo el mecanismo más común en ese sentido: los repartos militares)

+ Las sanciones aplicadas en el foro o en el IRC son inocuas si el sancionado no suele ser un visitante usual de esos sitios, por lo que necesariamente deben ir acompañadas de sanciones efectuadas dentro de eRepublik.

+ Las sanciones como el castigo en las urnas o el impeachment podrían ser mejoradas si hubiera mayor concientización de la sociedad sobre su efectividad y tuvieran claro en que situaciones debe ser usada.


Castígueme... ejecúteme, señora "Ley"...

Pasemos a ver el siguiente caso: en Colombia, un partido político fue sancionado. ¿La ofensa? Los congresistas se negaron definitivamente a donar la medalla por su victoria, como se estipulaba en el Reglamento del Congreso. ¿El problema? Sus integrantes no les interesaba participar ni en el foro nacional ni en el IRC, por lo que una sanción en estos medios era inutil, y dicho partido era fuerte, con muchos miembros disciplinados y dispuestos a mantenerlos permanentemente en el Congreso para seguir quebrantando el Reglamento. Ellos lo sabían, por lo que incluso tomaron una actitud soberbia y de burla ante el resto del país para demostrar lo inutil que era poner normas de ese tipo en el país.

¿La sanción?

Se les prohibió recibir apoyo con recursos del Estado. O sea, el Congreso (que tiene para sí el poder legislativo y judicial del país) le dió la orden al Presidente de que ningún miembro de ese partido podría beneficiarse de repartos para las pegadas conjuntas, de ayudas para mejorar los campos de entrenamiento o para entrenar en ellos, de alimentos para cargar energía. Eso, además de las habituales sanciones políticas (como no poder tener cargos gubernamentales y se les votaría en contra toda propuesta que lanzaran, siendo congresistas). ¿Y si el Presidente incumplía ese mandato a pesar de ser el encargado de gestionar los recursos? Moción de Censura.

¿El resultado?

Los miembros de dicho partido comenzaron a retirarse en manada. Dicha sanción incluso tuvo su punto más algido con el reciente Torneo de Guerra Épica cuando el gobierno anunció que parte de los oros que consiguiera el país serían destinados a premiar a los mejores combatientes y a quienes no hubieran tirado un solo golpe en absoluto pero también anunció que los miembros del partido sancionado no verían ni un solo oro de dicho premio. Ellos, en situación desesperada, amenazaron con sabotear el torneo pegando un solo golpe para bajar la posición del país y con ello la cantidad de premio a recibir, frente a lo cual el gobierno se mantuvo firme en su posición, aceptando únicamente que los oros que se consiguieran y que fueran destinados a miembros inscritos del partido sancionado se tomarían como parte del pago de la sanción. Hoy, ese partido ya no existe, al menos de momento: sufrió un golpe de partido por parte de los miembros más veteranos del país como parte de una "sanción social", gracias a su estructura debilitada por la sanción económica y se encuentra actualmente fuera del umbral parlamentario (cuando en su día llego a ser la segunda fuerza social y política del país). Por supuesto, los individuos sancionados mantienen su sanción (aunque algunos han pagado la sanción y la multa impuesta en su totalidad), la que los perseguirá independientemente del partido político al cual se afilien.

Por supuesto, tampoco es un sistema perfecto: fuera de que, por el Principio "Vae Victis", se puede prestar para abusos por intermedio de una tiranía de las mayorías, es un sistema hecho para los ciudadanos que no cuentan con muchos recursos económicos. Usuarios VISA, Mini-VISA seguramente son autosostenibles, por lo que sanciones de ese estilo probablemente les arrancará una sonrisa e incluso con su poder económico puede lograr voltear las cosas a su favor, nuevamente siguiendo el "Vae Victis". Del mismo modo, no se puede aspirar que una sanción pública afecte esferas privadas, por lo que deberá tenerse mucho cuidado con situaciones donde ciudadanos del común decidan apoyar económicamente a los sancionados. Por último, no deja de ser un sistema endeble en el sentido que no se puede aplicar a diestra y siniestra llenando el país de ofensores que unidos pueden acabar con la legitimidad del poder judicial aplicado.


Lea desde aquí si piensa que mi ladrillo de palabras es insoportable.

Con base en todo lo anteriormente explicado, la conclusión a la que llego es la siguiente:

+ El régimen sancionatorio cubano debe ser construído solidamente con base en tres pilares fundamentales: la moción de censura, la sanción política y la sanción económica a individuos y partidos. Bajo esta óptica, el Presidente del país es el encargado de hacer cumplir las sanciones económicas al ser este la máxima autoridad administrativa, mientras la Asamblea (con el Congreso como intermediario) controla dicha labor, juzgando si la misma es merecedora o no de una moción de censura.

+ Mientras tanto, se puede concientizar y empoderar a la sociedad cubana, mediante educación multiparcial, para que aprenda que es sancionar políticamente y en que casos se debe aplicar esa sanción, junto con la ya conocida "sanción social"

+ Aceptarse el Principio "Vae Victis" como inapelable. Aceptar que si un sancionado es elegido como congresista, o es presidente pero no es impugnado, a pesar que está ampliamente publicitada su ofensa y que se ha juzgado quedando su culpabilidad más allá de la duda razonable, significa que el pueblo, en su infinita sabiduría, lo ha indultado. Esto es, en mi opinión, la única forma de cerrar debidamente los casos en donde se siente que el sancionado no ha cumplido con la pena que debería tener.

+ Establecido ese hipotético sistema sancionatorio sobre los tres pilares ya mencionados, se puede partir con la discusión de las sanciones pecunarias, sanciones de inhabilitación a cargos públicos y, sobre todo, con el sistema procesal a llevar a cabo (si la Asamblea o un Tribunal Judicial se encargan de dicho poder), entre otras cosas.

Dejo, pues este debate abierto para llegar a conclusiones provechosas para todos los cubanos.



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