Capítulo Primero [Bases de la Organización]

Day 518, 13:35 Published in Spain Spain by F.eE.P

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Capítulo 1 – Bases de la Organización.
Capítulo 2 – Reglamento eLPE
Capítulo 3 – Reglamento eSupercopa
Capítulo 4 – Premio NoLifer de Oro
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Articulo 1. El Pertañax.
1.1. Será reconocido como eDeporte, legítimamente, por el hecho de intentar llegar el primero a comentar un artículo, sea del ePeriódico que sea, nacional o extranjero; denotando un claro afán competitivo mediante el cual se desarrollan ciertas aptitudes físicas y/o psíquicas.
1.2. La única Organización reconocida para la preparación y estructura de campeonatos y normas oficiales será la Federación eEspañola de Pertañax, pionera en crear competiciones y reglamentos para este eDeporte.
1.3. Todo eEspañol es libre de practicar el Pertañax tantas veces como desee al día, así como será libre de organizar torneos de carácter Amater bajo sus propias normas y condiciones.
1.4. Serán reconocidas todas las formas de Pertañax, bajo el nombre que se desee (PONx, Pertamax, Españaxxx, etc), siempre y cuando se cumpla el art. 1.1.
1.5. Su nombre genérico y por el que será reconocido oficialmente será Pertañax, llevando la “Eñe” todo el mundo reconocerá rápidamente su país de nacimiento oficial.

Artículo 2. La Federación eEspañola de Pertañax
2.1. Responderá a la abreviatura F.eE.P. y su sede principal podrá ser cambiante en relevancia a las necesidades del estado eEspañol, aunque eExtremadura primará ante el resto de regiones para su ubicación por ser el eLugar donde fue Fundada.
2.2. Es el máximo organismo a nivel eMundial de Pertañax, la normativa que a través de él se exprese será inamovible salvo decisión de su Presidente.
2.3. Será gestionada por el fundador y Presidente de la Federación, don Jesús Gil II, salvo problemas de salud (Ban) o decisión propia; momento en que pasará a ser responsabilidad de su sucesor.
2.4. El Presidente se guarda el derecho de elegir un sucesor.
2.5. Los delegados de la F.eE.P. serán elegidos directamente por el Presidente de la Federación; cuya funciones principales serán promover el eDeporte y proporcionar consejo, así cuando se proponga un cambio de la normativa tendrán derecho a debatir las decisiones que se tomen.
2.5. Los ingresos derivados de las competiciones, patrocinios o donaciones serán expuestos en un boletín para ofrecer así una claridad total del movimiento económico de la entidad. Este boletín será publicado en la Revista Deportiva “Tal y Tal”.
2.5.1. Los ingresos podrán tener las siguientes procedencias:
a) Subvenciones Estatales (Apoyadas a través del Instituto de Trolls, Flameros & Nolifers).
b) Subvenciones Privadas (Personas, Organizaciones, Partidos)
c) Publicidad (Personas, Organizaciones, Partidos)
2.5.2. Dichos ingresos deberán estar orientados a los siguientes puntos, en orden de priorida😛
1º) Premios a los participantes.
2º) Publicidad y Distribución.
3º) Sueldos y Gastos derivados de gestiones administrativas (Viajes, Prensa, Traducciones, Nuevas Sedes, etc)
2.5.2. En caso hipotético de disolución de la F.eE.P. el Presidente de la Federación repartirá los bienes de la siguiente manera:
100% de lo Ingresado por participantes y patrocinadores de la competición en curso, si la hubiere, sería devuelto a los citados.
2º) 50% de las Cuentas de la Federación al Estado Español (Banco de España)
3º) 30% de las Cuentas de la Federación al Fundador de la F.eE.P. o su sucesor.
4º) 20% a repartir entre los Delegados, en caso de no haberlos se repartiría entre los patrocinadores oficiales.
2.5.3. En caso hipotetico de PermaBan de la F.eE.P. diremos todos adios a todas sus reservas económicas.

Articulo 3. La revista deportiva “Tal y Tal”
3.1. Será la única revista oficial de la F.eE.P. salvo decisión expresa del presidente.
3.2. Tendrá potestad de negociar los patrocinios (todos), así como la imposición de la cantidad para las cuotas de participación de los Torneos y demás ingresos procedentes de su actividad. De la misma manera, tendrá derecho de admisión, pudiendo excluir a Patrocinadores o Participantes sin necesidad de dar explicaciones.
3.3. Será la única revista que emitirá las Jornadas Oficiales de la eLPE y demás torneos oficiales de la F.eE.P., salvo indicación expresa en las normas del torneo.
3.4. Recibirá un 10% de los ingresos brutos por competición emitida en carácter de pago por difusión y organización.
3.5. Será el único documento al que se recurrirá para cotejar datos sobre la actividad del Pertañax y la clasificación y palmarés eNacional y eInternacional.
3.6. Emitirá los cambios que se realicen en los Estatutos de la F.eE.P. en pos de mantener informados a todos los interesados.

**Esto es un Borrador, podrá estar sujeto a cambios hasta que se cierre definitivamente**