[Área de Debate] Ley de Emisión Monetaria.

Day 3,017, 18:19 Published in Colombia Colombia by Presidencia de Colombia

Cordial Saludo a todos los Colombianos.

Por medio del presente artículo, abro el debate para la discusión y aprobación de la Ley de Emisión de Dinero de los 458 oros que se encuentran en el Tesoro Nacional. Con este fin, haré la re-publicación de un artículo del Ministerio de Hacienda escrito en Diciembre del año pasado en donde se explican las razones para esta solicitu😛

Para crear suficiente ilustración frente al tema, la Ley de Impresión es una ley por la cual lingotes de oros guardados en el Tesoro Nacional son convertidos a moneda comun ciudadana (CC, por sus siglas en inglés y también llamada nominalmente "peso colombiano -CO₱-") a una tasa de cambio "oficial" (y por ello, inamovible) de 200 pesos por lingote de oro.

En el pasado (y hablamos de 5 o 6 años atrás), todos los países tenían su propia moneda con valor independiente la una de la otra, sujetas a tasa de cambio con respecto al oro. Por ende, siendo el oro el valor común, esta ley se convertía en un instrumento fundamental de financiación estatal ya que generaba liquidez constante si bien obligaba al Estado a estar buscando permanentemente material áureo a buenos precios.

Por eso, cuando los administradores del juego decretaron la paridad monetaria universal (con el cual el peso colombiano, la libra, el dolar y las demás monedas terminaron con el mismo valor, medida que se mantiene hasta el día de hoy), esta ley cayó en desuso al haber nuevas fuentes monetarias con las cuales conseguir liquidez estatal, como, por ejemplo, transferir directamente el oro a una organización estatal para propósitos de especulación en el mercado monetario, lo cual era más rentable que la impresión, sujeta, como ya dijimos, a una tasa de cambio inmodificable.

No obstante, esta ley recuperó nuevamente cierto valor al presentarse dos circunstancias en simultáneo: un cambio en la mecánica por parte de los administradores hacía el día 2.362, que eliminaba la opción de donación directa de oros del Tesoro a las Organizaciones estatales, y un histórico descenso del precio internacional del oro a menos de 200 pesos la unidad, que volvía rentable la ley de la impresión (y del cual el Estado hizo uso de ella, como puede verse en el siguiente artículo). Después de eso, los administradores incluyeron modificaciones que nuevamente aumentaron el precio del oro por encima de los 200 pesos y con ello la impresión volvió a caer en desuso.

Hoy, la ley de la impresión solo tiene un valor marginal debido al sistema dictatorial, que obliga al Estado a aparentar "pobreza" en el Tesoro Nacional con el fin de mantener un perfil bajo de cara a posibles unidades militares hostiles extranjeras que deseen lanzar un golpe de estado en nuestro país para apropiarse de dichos recursos. La postura ministerial es de apoyar este tipo de medidas porque, en realidad, no hay mejores opciones: por una parte, los oros guardados en el Tesoro Nacional no tienen ninguna utilidad práctica (la única opción viable, la declaración de guerra, es totalmente inaceptable debido a los altos costos que implica su uso, al punto que ni siquiera es considerada como una opción militar alternativa en caso de tener una enemistad natural en uso); por otra, y como consecuencia de la anterior, es que lo ideal es que no haya un solo oro en el Tesoro, tanto para evitarnos golpes extranjeros como para que no veamos como un oro que podemos vender hoy a 300 pesos la unidad tengamos que "imprimirlo" en 200 pesos. La recomendación en estos casos siempre es que, si desean hacer un donativo al Tesoro Nacional (por ejemplo, porque desean donar su medalla de congresista), preferimos que vendan los oros en el mercado monetario y donen a la tesorería en pesos.

Sin más, espero que hayamos cumplido con nuestro deber y se apruebe la próxima ley de emisión monetaria.

Gracias por su atención.

Atentamente y a su servicio.

Demonaire Rai
Presidente de la República