[Estatutos] Partido Demócrata Boliviano

Day 1,792, 06:40 Published in Bolivia Spain by yuyujuanpe

Lo primero, comentar que es una gran satisfaccion volver a ser presidente de un partido, me pensaba que ya no lo iba a ver mas...


Preámbulo

Estos estatutos exponen de forma clara las actuaciones a seguir por todos los miembros del partido tanto individualmete como globalmente. Para tomar parte en las decisiones del partido es necesario ser afiliado y participar de forma activa.


Artículo 1. Ideología del partido

El Partido Democrático Boliviano es un partido de corte centrista, liberal y conservador dentro de eBolivia. Sin embargo admitimos ideas de cualquier ideología siempre que sea útiles para la mejora de nuestra nación. Defendemos la libertad para expresarse de cada uno de nuestros miembros.
Creemos tanto en la diplomacia como en el enfrentamiento bélico para la solución de los problemas que se plantean a nuestro país.

Artículo 2. Organización del partido

2.1. PRESIDENTE. Es el máximo representante de todos los afiliados tanto dentro del partido como fuera de él. Se encarga de ratificar las postulaciones a congresista y a la presidencia del país. Debe administrar de forma transparente y clara la riqueza del partido, así como sus organizaciones y empresas. También debe encargarse de la publicación del periódico del partido, si bien puede delegar en el director de Comunicación si así lo considerara oportuno para esta última misión. Aunque el toma las últimas decisiones esta obligado a realizar una consulta interna para determinados casos.

2.1.1. Casos en los que el Presidente debe realizar consultas para ratificar su actuación.
- Compra de una empresa para el partido.
- Coalición con otros partidos para elecciones.
- Propuestas de leyes.
- Donaciones del tesoro del partido

2.2. VICEPRESIDENTE. Es la mano derecha del presidente y que se encarga de realizar todas las tareas que el presidente no pueda hacer debido a su cargo. En ausencia del presidente el es el máximo responsable del partido, debiendo cumplir todas las disposiciones del artículo 2.1.

2.3. DEPARTAMENTOS. El Partido Demócrata Boliviano tiene seis departamentos que se encargan de forma mas detallada y eficaz del estudio, seguimiento y presentación de propuestas de cada uno de los ámbitos de eBolivia.

2.3.1. Los departamentos existentes son, Departamento de Exteriores y Defensa, Departamento de Asuntos Económicos, Departamento de Asuntos sanitarios, Departamento de Comunicación, Departamento de Tecnología y diseño y Departamento de Obras sociales.
2.3.2. El Presidente elegira a los seis directores de departamento. Cada director a su vez podrá elegir los colaboradores que considere necesario para la realización de sus funciones. Un mismo miembro puede ser director de mas de un departamento siempre que realice su labor de forma eficiente.

Artículo 3. Derechos y deberes de los afiliados

3.1. DERECHOS.

3.1.1. Cada afiliado del partido podrá exponer de forma libre y con respeto cualquier opinión, idea o desaveniencia con las directrices del partido.
3.1.2. Cualquier miembro del partido puede proponer una moción de censura contra el presidente y su gabinete. Dicha moción deberá ser ratificada por dos tercios de los miembros con una participación mínima del 40% del los afiliados.
3.1.3. Cualquier miembro del partido tiene derecho a presentar su candidatura a presidente del partido, congresista o presidente del país independientemente de su antiguedad en el partido o su nivel.

3.2. DEBERES.

3.2.1. Todos los miembros deben tener una conducta idónea con los compañeros del partido. No se tolerarán insultos o faltas de respeto.
3.2.2. Todos los miembros se comprometen a no lucrarse ni social ni económicamente durante su permanencia en el partido.
3.2.3. Todos los miembros se comprometen a seguir todas las directrices que marque el partido. Cualquier miembro puede interpelar cualquier decisión según se expone en el artículo 3.1.1.
3.2.4. Todos los miembros se comprometen a no divulgar informaciones y opiniones que sean expresadas en el foro del partido sin la autorización del presidente.

Artículo 4. Directrices electorales

4.1. PRESIDENCIA DEL PARTIDO.

4.1.1. Se puede presentar cualquier miembro según queda expuesto en el artículo 3.1.3.
4.1.2. Una vez establecidas las candidaturas se abrirá un plazo para la presentación de los programas.
4.1.3. Ningún presidente podra optar a una tercera legislatura seguida, por lo que al final de la segunda legislatura debera descansar un mes para volver a presentarse.

4.2. CONGRESISTA.

4.2.1. Se puede presentar cualquier miembro según queda expuesto en el artículo 3.1.3.
4.2.2. Para que la candidatura sea oficial debera postularse en el foro del partido.
4.2.3. El Presidente se encargará de oficializar todas las candidaturas y distribuirlas en las diferentes regiones.
4.2.4. Los congresistas deberán votar como mínimo el 75% de las leyes a aprobación.
4.2.5. Si se pretende proponer cualquier ley a votación debera consensuarse con el resto de los miembros y en el foro nacional.

4.3. PRESIDENCIA DEL PAÍS.

4.3.1. Se puede presentar cualquier miembro según queda expuesto en el artículo 3.1.3.
4.3.2. Se abrirá un plazo para la presentación de candidaturas.
4.3.3. Tras verificar los candidatos se establecerá un referendum para elegir el candidato del partido.
4.3.4. El programa electoral deberá ser aprobado por la Asamblea del partido.

Artículo 5. Sanciones

5.1. FALTAS LEVES. Cuando un miembro cometa una falta considerada leve sufrirá una amonestación. Dos faltas leves serán considereadas como una grave.

- Menospreciar a cualquier otro afiliado del partido.
- Presentar cualquier ley ante el congreso sin la supervisión del partido.
- No seguir las directrices del partido de forma reiterada.

5.2. FALTAS GRAVES. Cuando un miembro cometa una falta grave será apercibido con la expulsión del foro y de las actividades políticas del partido. Dos faltas graves serán consideradas como una muy grave.

- Desvelar cualquier dato considerado confidencial si la aprobación del Presidente o la Asamblea en el foro nacional.
- Cualquier actuación que pueda perjudicar gravemente al partido o a su buen nombre.

5.3. FALTAS MUY GRAVES. Cuando un miembro cometa una falta muy grave será expulsado del foro y no se le permitirá en ningún caso ser candidato del partido.

- Apropiarse indebidamente de recursos económicos del partido.
- Desvelar cualquier dato considerado confidencial a otro partido político (Topo)

Todas las sanciones serán debatidas en Asamblea y ante ellas cabe recurso. Se establecerá un plazo de 48 horas para aportar las pertinentes alegaciones.

Artículo 6. Modificaciones

Estos estatutos pueden ser modificados en Asamblea siempre que el cambio sea ratificado por dos tercios de los votantes con una participación mínima del 40% del electorado.