The Imperium

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Artículo I. La terminología de la Alianza:

1. Nombre Alianza. La siguiente unión de los países será nombrado oficialmente "El Imperio".

2. Las naciones de Albania, Bosnia, Brasil, Croacia, Hungría, Polonia, España, se definen como miembros fundadores. Cualquier país que se adhiera después de la fundación de la alianza se conoce simplemente como un "país miembro". Sin embargo, tienen derecho a la igualdad de derechos y privilegios dentro de la alianza.

2.1. Con la excepción del artículo II, los miembros y los miembros fundadores se refiere simplemente como miembros de este Tratado.

3. Los delegados son los que ocupan cargos de gobierno dentro de las naciones miembros.

4.1 Estos incluyen, pero no están limitados a, el Presidente País, Ministro de Defensa, Ministro de Relaciones Exteriores, y el vicepresidente o sus equivalentes.

4. Posiciones de liderazgo Alianza se compone de lo siguiente:

5.1. Secretario general
5.2. Supreme Commander
5.3. Comandante Militar

Artículo II. Miembro, la admisión, terminación y Deberes

1. Al convertirse en un miembro, el país solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:

1.1. Acepte los términos y condiciones descritos en esta carta
1.2. Ser propuesto por un miembro fundador de la aprobación
1.3. Recibir la aprobación unánime de los países miembros
1.4. Llevar a cabo una votación en el Congreso que obtiene la aprobación del 66% de los congresistas votar
1.5. El Consejo de Seguridad podrá votar para solicitar un referéndum se celebrará en paralelo a la votación en el Congreso
1.6. Si se acepta una nación solicitante, no puede solicitar que su membresía termina dentro de los 30 días de haber sido aceptado.

2. Deberes de un miembro de la alianza son los siguientes:

2.1. Los países miembros deben obtener del MPP con las naciones de valor estratégico.
2.2. Los países miembros deben contribuir a la estructura de mando de la Alianza.
2.3. Cada miembro que puede permitirse el lujo de hacer lo que debe donar a la Tesorería Alliance.

3. El registro puede ser finalizados:

3.1. A petición del país miembro
3.2. A petición de otro miembro.
3.2.1. Esta solicitud requiere el voto de 66% de expulsar a la nación, de acuerdo con la mecánica del juego.

4. Vetar
4.1. Todos los países miembros tienen derecho a veto, a menos que estén en la alianza bajo "protectorado de estado" tal como se define en el Artículo IX, Sección 1.
4.2. Los Estados Miembros pueden vetar el nombramiento de un ciudadano a una posición del Consejo de Seguridad, así como la propuesta de la pertenencia a una nación.

Artículo III. La estructura de la Alianza

1. El Consejo Ejecutivo:
1.1 forman parte de la CP de todos los países miembros
1.2. Nombrar, votar, y asesorar a los miembros del Consejo de Seguridad, así como el Director de Asuntos Públicos
1.3. Servir como órgano legislativo de la alianza
1.3. Igualmente representar a todos los países y llevar a cabo todas las decisiones después de un debate y votación.

2. El Consejo de Seguridad se compondrá de los siguientes:
2.1. El Secretario General y de su / su suplente
2.2. El Comandante Supremo y su / su suplente
2.3. El Comandante Militar
2.4. El Director de Inteligencia y Seguridad

3. El Secretario General deberá:
3.1. Ser propuestos por cualquier país miembro, el ciudadano de un país miembro, y debe ser aprobado por el 66% del Consejo Superior con el fin de tomar posesión del cargo.
3.2. Actuar como líder y figura emblemática de la alianza
3.3. Nombrar a un diputado
3.3.1. El diputado tendrá las mismas facultades que el Secretario General, en el caso de su ausencia
3.4. Funciones por un período de dos meses,

4. El Comandante Supremo deberá:
4.1. Ser propuestos por cualquier país miembro, el ciudadano de un país miembro, y debe ser aprobado por el 66% del Consejo Superior con el fin de tomar posesión del cargo.
4.2. Nombrar a un diputado
4.3.1. El diputado tendrá las mismas facultades que el Secretario General, en el caso de su ausencia
4.3. Funciones por un período de dos meses,

5. El Director de Relaciones Públicas deberá
5.1. Ser propuestos por cualquier país miembro, el ciudadano de un país miembro, y debe ser aprobado por el 66% del Consejo Superior con el fin de tomar posesión del cargo.
5.2. Nombrar a un diputado
5.3. Supervisar las publicaciones de la alianza
5.4. Sirva el término de un mes.

6. El Director de Inteligencia y Seguridad deberá:
6.1. Ser propuestos por cualquier país miembro, el ciudadano de un país miembro, y debe ser aprobado por el 66% del Consejo Superior con el fin de tomar posesión del cargo.
6.2. Recoger intel sensibles
6.3. Servir en un término de un mes,


7. Militar Planificación de la operación:
7.1. Compuesto por un general de cada país miembro, designado por el Consejo Superior coordinada por un comandante militar.

8. El Comandante Militar deberá:
8.1. Ser propuestos por cualquier país miembro, el ciudadano de un país miembro, y estará sujeto a la aprobación unánime del Consejo Superior con el fin de tomar posesión del cargo.
8.2. Supervisar la planificación y ejecución de la operación militar de la alianza
8.3. Funciones por un período de un mes,

Artículo IV. La diplomacia y la Comunicación

1. La diplomacia es la postura de que la alianza lleva hacia los países miembros y no miembros.
1.1. Cada nación debe informar a la alianza de las acciones diplomáticas que se propone adoptar para con cualquier nación no miembro
1.2. Los miembros no deben participar en ninguna actividad diplomática que sea perjudicial hacia otro país miembro
2. Comunicación:
2.1. El Director de Relaciones Públicas, en colaboración con el Consejo de Seguridad, debe establecer y mantener canales de IRC para la organización de la alianza.

Artículo V. Inteligencia y Seguridad

1. Inteligencia:
1.1. Toda la inteligencia pertinente debe ser compartida entre todas las naciones.
1.2. Si bien toda la información clasificada obtenida se comparte libremente entre los miembros de su divulgación al público por un Miembro sólo puede hacerse con la aprobación del Director de Inteligencia y Seguridad, el SC o el Secretario General y el Miembro en contacto con la fuente de la inteligencia
1.3. No se requiere ninguna nación para revelar la identidad de cualquier fuente o informante.

2. Protocolos de seguridad. La seguridad e integridad de la alianza y sus miembros tendrán prioridad sobre los no miembros, además de seguridad de la información dentro de la Estructura de Mando se limita a 3 niveles de desclasificación.
2.1. Nivel 1 Separación: Presidentes País, Secretario General, Comandante Supremo, y el director de Inteligencia de Seguridad, Comandante Militar, Asesores Distinguidos.
2.2. Nivel 2 Separación: los funcionarios a nivel de gabinete
2.3. Level 3 Liquidación: colaboradores Alianza o asesores, embajadores y otros ciudadanos de la alianza concede autorización.

Artículo VI: Actividad Económica

1. Todos los miembros están obligados a seguir los siguientes protocolos económicos:
1.1. Cada miembro deberá designar un representante económico de la alianza. Deben tener conocimiento de la economía y su relación con el juego y el país miembro que representan.
1.2. Dependiendo de la situación económica, los miembros deben establecer los niveles de contribución económica a la alianza
1.3. Los miembros no deben imponer embargos sobre otros países miembros

2. Una organización será donado de un país fundación con el fin de facilitar una alianza tesorería.
2.1. El Secretario General será responsable de la alianza tesorería. El / ella será el único ciudadano confiado a los datos de acceso de la tesorería org.
2.2. Los fondos de la tesorería se pueden utilizar para las operaciones militares de la alianza. Esto incluye pero no se limita a:
2.2.1. La compra de mercenarios
2.2.2. El suministro de los soldados con armas de batallas
2.2.3. La financiación Wars Resistencia

Artículo VII. Operaciones militares y la acción política agresiva

1. Los países miembros tienen prohibido realizar operaciones militares o políticos en contra de otros países miembros.

2. Estados no miembros se colocarán en las siguientes categorías.
2.1. Países Amigos: Países no miembros que comparten MPP está con los países miembros, los lazos diplomáticos cerca, y tomar parte en las operaciones militares conjuntas y ATO.
2.2. Naciones Neutrales: Países que pueden o no tener MPPs activos con los Miembros para la protección mutua pero no tienen otra manera participar en las operaciones militares de la alianza
2.3. Naciones hostiles: Los países que tienen guerras abiertas con los países miembros o se oponen a las campañas y los objetivos militares de la alianza. Esta categoría también incluye a las naciones que realizan activo del PTO contra las naciones miembros.

3. Defensa de los Estados Miembros
3.1. Los Estados Miembros tienen la obligación de proporcionar la defensa de otros países miembros, en caso de que están bajo ataque militar o política
3.2. En el caso de que un Estado no miembro amable, o neutral, la nación está siendo atacada, los países miembros pueden proporcionar ayuda, siempre y cuando no prohíbe la actividad militar de la alianza. Un voto puede ser iniciada para abastecer a la nación amiga con la alianza de defensa patrocinado. Ese voto debe ser aprobada por el 66% de toda la CP y de los miembros del Consejo de Seguridad

4. Agresión por los Estados Miembros
4.1. Cualquier país miembro que desee llevar a cabo una acción militar agresiva debe informar a la alianza de 36 horas antes de que el plan se puso en marcha.
4.2. En caso de agresión por parte de los países miembros, una alianza de votación puede llevarse a cabo para determinar el apoyo de la campaña apoyada por el 66% de los países miembros. Si el voto pasa, todos los miembros deben prometer su apoyo a la campaña.
4.3. Ningún Miembro podrá responder a las llamadas de asistencia de una nación o de la ayuda hostil o neutral contra un colega.

Artículo VIII: violaciónes Tratado y repercusiones

1. Si se obliga a las infracciones miembros Artículo VII, Sección 1, el Estado Miembro atacado por el agresor para solicitar un voto de suspender la membresía de la nación agresora. Estado miembro tal como se describe en el artículo II, sección 2, subsección 3.2.

2. Si un país miembro se siente como si uno de sus compañeros de los países miembros ha violado la Carta, es posible llevar esto a la Alta Consejería. Después de deliberar, el CP de pueden votar sobre si la nación ha violado la Carta. La votación debe contar con la aprobación del 66% de todos los votantes del PP. La acusadora y la defensa de la CP no se les permite votar.

2.1. El miembro que haya sido encontrado culpable de violación dijo Tratado puede optar por reparar el daño causado a lo decidido por la Corte Suprema o aceptar una reprimenda.
2.2. Si un miembro recauda más de 2 amonestaciones en el transcurso de 30 días, el Secretario General está obligado a solicitar una votación que termina el estado miembro de delincuentes como se describe en el Artículo II, Sección 2.

Artículo IX: Protectorado Nación Miembros

1. Naciones Protectorado tienen derecho a todos los derechos de una nación miembro normal, salvo los derechos de veto.
2. Miembros Protectorado tienen derecho a un voto completo en todos los aspectos, a la par con el resto de los países miembros.
3. Si se considera que un país está en la necesidad de una membresía de prueba antes de convertirse en miembro de pleno derecho, que pueden ser objeto de Protectorado de estado para no más de 60 días. Después de la suscripción de prueba de 60 días, deben obtener la plena adhesión, como se describe en el artículo II, sección 1, subsección 4.

Artículo X: Cancelación, Modificación y Otras Disposiciones

1. Todas las modificaciones de este tratado debe ser aprobado por una mayoría del 80%.

2. Este tratado se puede disolver con un voto de la mayoría del 80%. Después de la votación ha tenido lugar el tratado no tendrá efecto después de 48 horas.

3. Este contrato será válido incluso en el caso de cualquiera de los signatarios de ser prohibido o muerto.