Constitucion Actual de eVenezuela

Day 775, 08:42 Published in Venezuela Venezuela by Congreso de eVenezuela

Pues como primer elemento publicado por el Congreso nacional, les traemos la Constitucion de la republica de eVenezuela, actualmente en proceso de reforma, pero es nuestra maxima Ley, tambien les pido que se suscriban a este periodico donde encontran las noticias de eVenezuela.

Constitución de la República de eVenezuela.

Artículo 1. República de eVenezuela

La república de eVenezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamentad su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional. Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberania, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

Artículo 2. Valores supremos del Estado eVenezolano.

eVenezuela se constituye como un Estado democrático y social de derecho y de justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento juridico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo pólitico.

Artículo 3. Fines del Estado, Estado federal.

El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantia del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta constitución.

La republica de eVenezuela es un estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.

Artículo 4. La soberania.

La soberania reside instraferriblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio.

Articulo 5. La supremacia Constitucional.

La constitución es la norma suprema y el fundamento del orden jurídico.

Los entes que conforman el estado, el gobierno, ciudadanos, empresas, organizaciones y partidos politicos, estan sujetos a esta contitución.

La validez de las leyes y otros actos de gobierno o cualquier otra autoridad pública, depende de su conformidad con la Constitución.

Artículo 6. Del espacio geográfico y de la división política.

Con el fin de organizar políticamente la Repùblica, el territorio nacional fue dividido en 8 estados y son:

Andean

Capital

Central

Central-western

Guayana

LLanos

North-Eastern

Zulian


Artículo 7. Nacionalización y ciudadania eVenezolana.

Es eVenezolano toda persona que:

a) Sea nacida en la República de eVenezuela.
b) Que residan en eVenezuela por un periodo mayor a 60 dias consecutivos.

Toda persona eVenezolana que emigre al exterior, incluso de forma permanente, no determina la pérdida de la nacionalidad, o los derechos o deberes de los ciudadanos de la República.

Cualquier persona que no cumple con los requisitos de la serie se considera un inmigrante legal, con la excepción de espías, diplomáticos y de los refugiados.

La situación de los diplomáticos y los refugiados son tratados como si un ciudadano que resida en eVenezuela por un período superior a 60 días consecutivos.

Artículo 8. Principios del Estado

1) Garantizar la independencia y la unidad nacional, incluso mediante la creación de la vida política, social, cultural y personal militar a promover.

2) Para defender la democracia política, y para salvaguardar y promover la participación democrática de los ciudadanos en la solución de los problemas nacionales, con sujeción a los límites para garantizar la participación ciudadana, en particular la limitación de "correo basura".

3) Difundir la nación eVenezolana eRepublik y la Internet para fomentar el crecimiento de la población.

4) Educar a los nuevos ciudadanos de eVenezuela y la utilización del foro de www.erepublik.com.ve, para orientar a los eVenezolanos

5) Asegurar la difusión de los proyectos de alcance nacional y para fomentar la participación en foros de discusión, incluyendo www.erepublik.com.ve.

Artículo 9. Periodicos Nacionales.

1. La publicación de los artículos que se basan en el contenido externo para erepublik es limitado.

2. Toda persona tiene derecho a expresar y difundir libremente sus pensamientos, la imagen o por otros medios, y el derecho a informar, a informar y ser informado, sin obstáculos ni discriminación

3. Los ciudadanos de la República que usen la difamación, el insulto gratuito, a través de malas palabras, está prohibido, los ciudadanos deben recibir, si fuera posible, la advertencia a cesar la conducta.

Artículo 10. Derechos políticos

Todos los ciudadanos y ciudadanas tiene el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.

El sufragio es un derecho. Se ejercera mediantes votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.

Artículo 11. Sistema politico.

Los órganos de la soberanía de la República eVenezolana, el presidente, el Congreso, el Gobierno y las fuerzas armadas.

Los órganos de la soberanía debe respetar la separación y la interdependencia de las funciones, salvo el presidente de la república, que asume el liderazgo del gobierno.


Artículo 12. Candidato a la Presidencia de la República

1. Es todo ciudadano que ha sido nominado como candidato a la Presidencia de la República por el Presidente de un partido político.

2. Necesariamente debe haber sido congresista en 2 periodos ininterrumpidos para optar al cargo de presidente. Y debera tener un strengh mayor a 5.

3. Un candidato a la Presidencia de la República está obligado a informar a la nación de los miembros que formarán el gobierno en caso de ser elegidos como las personas que tienen acceso a las organizaciones del Estado, de una propuesta de gobierno.

4. El candidato a la presidencia debe obligatoriamente hablar Castellano.

Artículo 13. Del Presidente de la República

1. El Presidente es elegido cada treinta días por sufragio universal.

2. El mandato del Presidente es de treinta días consecutivos, sujeto a reelección.

3. Los mandatos presidenciales no deben excederse de 2 mandatos.

4. En el caso de cese en el servicio, ya sea por renuncia, retiro, la muerte o la prohibición, el Presidente es sustituido por su mas cercano contricante en las elecciones presidenciales efectuadas en el cual fue electo.


Artículo 14. Congreso.

1. El Congreso de la República de eVenezuela es una asamblea unicameral.

2. El Congreso se compone de diputados elegidos por el voto electoral, todos los treinta días, de acuerdo con el sistema electoral definido en erepublik.

3. El mandato de cada miembro es de treinta días, sujeto a reelección.

4. No hay límite de mandatos consecutivos para los miembros o interpolados.

5. Los debates de las propuestas legislativas se efectuarán en el foro nacional relativo al congreso. www.erepublik.com.ve.

6. Todas las propuestas deben ser debatidas antes de ser enviadas al congreso para su aprobación, debe pasar al menos 1 dia el debate a no ser que sea una emergencia de estado y quiera su aprobación de inmediato.


Artículo 15. Poder ejecutivo.

El Gobierno de la República de Venezuela estará conformado por un Poder Ejecutivo, Dirigido por el Presidente de la República, y compuesto por un Vice-Presidente y un gabinete de Ministros, que estarán a cargo de manejar las políticas gubernamentales de acuerdo con las atribuciones que les correspondan a cada uno de estos, las competencias y requerimientos para el cargo son mencionados a continuación:

El Vice-Presidente: Deberá tener como mínimo 5.00 de skill militar, además de haber tenido un cargo político con anterioridad. Estará encargado de todas las responsabilidades y será investido con todos los poderes correspondientes al presidente de turno en caso de muerte o inactividad de éste. La muerte del presidente será considerada como el fallecimiento de su usuario en el juego, mientras que la inactividad vendrá dada por un período de 6 dias consecutivos sin que éste se presente a su puesto de trabajo, no entrene y ademas no se tenga informacion alguna del mismo.

El Vice-Presidente tendrá acceso a todas las cuentas administrativas del gobierno, inclusive las de los ministerios, con el fin de supervisar la actividad de dichas cuentas. No se le permitirá interferir en la actividad de las mismas, sin previa autorización formal del Presidente de la República.

El Ministro de Defensa: Estará a cargo del todo lo concerniente a la Fuerza Armada de Venezuela, asi como a la defensa de nuestra soberanía. Velará por el ordenamiento y actualización de cada uno de los componentes de la FAV, asi como sus respectivas divisiones. Mantendrá contacto con los Capitanes, y sera responsable del intercambio de informacion entre los soldados y el Alto Mando de la Nación. Estará a cargo de la SO Ministerio de Defensa, empleada para la distribución de insumos y salarios a toda la Fuerza Armada. Es necesario que tenga un strengh superior a 5.

El Ministro del Trabajo: Será responsable del programa de aumento de wellness tanto en tiempos de paz como en tiempos de guerra. Ademas estara a cargo de colaborar en las relaciones patrono-empleado, y velar por el cumplimiento de los derechos y deberes de los mismos, según sea el caso. Manejará la cuenta SO Ministerio del Trabajo, la cual se utilizará fundamentalmente para el aumento de wellness de los ciudadanos que asi lo necesiten.

El Ministro de Relaciones Exteriores: Encargado de mantener contacto con los representantes de los paises del Nuevo Mundo (Presidentes, Ministros, Embajadores) y de llevar toda la información obtenida de estos encuentros al despacho presidencial. deberá ser el representante de Venezuela en las Alianzas Económicas y Militares en las que nuestro país se encuentre inscrito, o en su defecto, asignará a un representante, previo aviso al Vice-Presidente y al Presidente. Estará a Cargo de la asignación de embajadores en cada una de las naciones que crea pertinente, asi como del recibimiento de los embajadores de otros paises en Venezuela.

El Ministro de Economia: Encargado de todo el asunto monetario del pais, asi como de los graficos, devaluación de la moneda, tambien de los impuestos del Estado, asi como el control de las arcas del Estado y propuestas para ejercer un mejor control cambiario.

Banco del Gobierno: Sera un ente público manejado por el presidente electo y el ministro de Economia, se encargara de guardar el gold y los vebs de la Nación y de distribuir el dinero entre los ministerios que asi se requieran, previa autorización del congreso..

Los cargos anteriormente expuestos están abiertos a concurso, siendo responsable de la elección de los representantes el presidente en curso, debiendo hacerse efectivos antes del segundo día despues de llevadas a cabo las elecciones presidenciales. La manutención de las cuentas SO será resposabilidad del Gobierno Venezolano.

Artículo 16. Diplomático.

1. Los diplomáticos son seleccionados por el Ministro de Relaciones Exteriores y deberá ajustarse a sus directrices.
2. El ministro de Relaciones Exteriores es el único ciudadano, además del Presidente, autorizada para representar a eVenezuela en el extranjero.

Artículo 17. Fuerzas armadas.

1. Las Fuerzas Armadas están integradas por todos los ciudadanos que, después de hacer la solicitud en el mismo foro www.erepublik.com.ve, y son integrados en las filas de nuestra nación.
2. Toda la información proporcionada en foros privados de las Fuerzas Armadas es clasificada como confidencial.
2. El miembro de las Fuerzas Armadas tienen la responsabilidad y no a raíz de pedidos por encima de revelar información confidencial.
2. El Jefe de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas es designado por el Presidente o un ministro responsable de las Fuerzas Armadas.
3. Los poderes del Jefe del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas consistirá en la organización y coordinación de las órdenes dadas por el Presidente o un Ministro de las Fuerzas Armadas.
3. El Jefe de Estado Mayor de la Armada podrá delegar parte de sus funciones oficiales y la competencia en el contexto de misiones específicas.
4. Las Fuerzas Armadas se dividen en tres niveles:

a) Ejército.
b) Guardia Nacional.
c) Escuadron de Operaciones Especiales.

Artículo 18. Del Banco del Gobierno.

El Banco del Gobierno sera un ente estadal que manejara el Presidente electo, junto con el ministro de economia, asi mismo este banco estara encargado de dar prestamos a los ciudadanos, a los empresarios, ayudara a la compra de licencias de exportación por prestamos, ajustara el valor de la moneda, entre otras atribuciones.

Artículo 19. De las empresas privadas.

1. Las empresas privadas son empresas controladas por los ciudadanos sin el apoyo estatal.
2. La nacionalización de una empresa privada tiene que ser aprobado por el Congreso
3. Estos derechos de estas empresas:
a) Práctica de precios sin limitaciones
b) Asignar libremente los sueldos a sus empleados.
c) mejorar la calidad de la empresa.
d) la exportación a otros países sus productos.
4. Obligaciones de estas empresas:
a) No reducir los salarios de sus empleados, a menos que con previo aviso.
b) Práctica de precios justos, ya que el coste de la empresa.
c) no se aprovechan de la falta de práctica para los precios de las acciones superior.

Artículo 20. Empresas del Estado

1. Todas las empresas son propiedad de una organización de Estado.
2. La privatización de una empresa pública debe ser aprobada por el Congreso.
3. Administradores de las empresas públicas son nombrados por el Presidente electo.

Artículo 21. Privatización.

1. Se entiende por privatización, la venta de una empresa bajo el control del Estado a los individuos.
2. La privatización de una empresa que será aprobado, mediante el apoyo de más del 51% del Congreso.


Artículo 22. La nacionalización.

1. Se entiende por nacionalización, la venta de una empresa hasta entonces bajo el control de los individuos al estado.
2. La nacionalización de una empresa que será aprobado, mediante el apoyo de más del 51% del Congreso.

Artículo 23. Organismos del Estado.

1. El término organización de todas las cuentas del Estado "Org", que están obligados por contrato firmado por la organización y su propietario al Estado.
2. El acceso a las organizaciones del Estado se define por el Presidente electo, con los artículos 12 y 13.
3. Todos los bienes en el estado son propiedad de organizaciones del Estado, sólo debe utilizarse con el consentimiento del Presidente electo.
4. La única organización que el Estado puede tener acceso a los mercado de dinero es el Banco del Gobierno.


Artículo 24. Aplicación.

1. Todos el texto constitucional puede ser modificado, a excepción de articulos 1,2,3,4 y 5 es necesario seguir con la aprobación de 2 / 3 de los votos a favor del congreso.
2. Todo ciudadano que viole la Constitución, será suspendido de cualquier función de gobierno que tiene, y es incapaz de obtener cualquier cargo público hasta la conclusión de una investigación, que determina las sanciones que deberán aplicarse a los ciudadanos.

Artículo 25. Entrada en vigor.

1. La Constitución entrará en vigor inmediatamente después de su adopción.
2. Para ser aprobada, la Constitución debe ser aprobada por 2 / 3 de los miembros en funciones.